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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - GONZALEZ POSSO, ADRIANA c/ FUNDACION UNIVERSIDAD CATOLICA ARGENTINA SANTA MARIA DE LOS BUENOS AIRES s/DESPIDO

La Corte Suprema declaró admisible la queja y parcialmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por la Fundación Universidad Católica Argentina en un juicio por despido. Dejó sin efecto la sentencia de la Cámara del Trabajo, con el alcance indicado, y devolvió los autos para que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto por el Tribunal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 029867/2019/1/RH001
Recurso extraordinario Queja Despido Acta 2764/2022 Causa oliva Art. 280 cpccn Admisibilidad Corte suprema Costas por su orden Nuevo pronunciamiento

¿Quién es el actor?

Adriana González Posso.

¿A quién se demanda?

Fundación Universidad Católica Argentina Santa María de los Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

despido.

¿Qué se resolvió?

La Corte remitió, en lo pertinente, a los fundamentos de la causa "Oliva" (Fallos: 347:100) respecto de los agravios vinculados con la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Respecto de los demás agravios, declaró inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 del CPCCN). Dejó sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado, impuso las costas por su orden y ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Oliva' (Fallos: 347:100), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en lo pertinente en razón de brevedad."

"Que respecto de los demás agravios, el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

"…cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida…" (conf. causa "Vidal", Fallos: 344:3156).

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Acordada 2764/2022
  • Ley 17.454

Fallos que cita

  • OlivaCSJN · Fallos 347:100
  • VidalCSJN · Fallos 344:3156

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