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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 2 - LARES, ELIAS ALBERTO c/ ALFONSO RAMIREZ, CRISTIAN MARCELO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La Corte Suprema hizo lugar a la queja de la aseguradora citada en garantía y declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario en un juicio por daños y perjuicios. Dejó sin efecto la sentencia en cuanto a la tasa de interés, por remisión al precedente Barrientos, y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento, desestimando los demás agravios por inadmisibles.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CIV 029269/2021/2/RH001
Recurso extraordinario Queja Tasa de interes Danos y perjuicios Citada en garantia Art. 280 cpccn Inadmisibilidad Precedente barrientos Costas en el orden causado Nuevo pronunciamiento.

¿Quién es el actor?

Elías Alberto Lares.

¿A quién se demanda?

Cristian Marcelo Alfonso Ramírez.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por daños y perjuicios.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, con el alcance indicado, esto es, en lo relativo a la tasa de interés. Las costas se impusieron en el orden causado y los autos volvieron al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento. Los restantes agravios fueron declarados inadmisibles (art. 280 del CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la recurrente relacionados con la tasa de interés remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en el precedente 'Barrientos' (Fallos: 347:1446), cuyas consideraciones –en lo pertinente– se dan por reproducidas."

"Que los restantes agravios planteados en el recurso extraordinario son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

"...cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida…" (conf. causa "Vidal", Fallos: 344:3156).

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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