JurisprudenciaARG
Instancia unica administrativa

BUNGE ARGENTINA S.A. c/ Dirección General de Aduanas s/ recurso de apelación

Sólo son susceptibles de repetición los pagos efectuados a requerimiento del servicio aduanero que no hayan sido objeto de revisión por el procedimiento de impugnación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TFN - Sala G
Fuero
ADUANERO
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
EX-2024-114299689-APN-SGASAD#TFN
Competencia Nulidad Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analiza un recurso de apelación interpuesto contra la negativa a la devolución de un pago realizado bajo protesto por derechos de exportación reclamados en virtud de la Resolución ONCCA N° 1898/2008, vinculada a la aplicación de la Ley 26.351 que incrementó alícuotas de exportación con efectos retroactivos. Se examinan los antecedentes administrativos, incluyendo la presentación del procedimiento de impugnación original y el pago bajo protesto previo a cualquier revisión definitiva. Se aborda la cuestión de la procedencia y procedencia del reclamo de repetición respecto a pagos hechos a requerimiento de la autoridad aduanera, considerando si existió o no una resolución definitiva en el procedimiento de impugnación previo. Asimismo, se evalúa la constitucionalidad y retroactividad de la Ley 26.351 y su reglamentación, con énfasis en la protección de derechos adquiridos conforme a la legislación anterior vigente al momento de cierre de ventas de exportación. El tribunal articula sus análisis sobre la interpretación de normas aduaneras y tributarias, la protección del derecho de defensa, la seguridad jurídica, los principios constitucionales de legalidad, igualdad y propiedad, así como sobre la tasa de interés a aplicar para la devolución del importe reclamado, ponderando precedentes jurisprudenciales y criterios de equidad para reparar la pérdida de valor monetario por inflación y demoras en procesos administrativos.

Leyes que cita

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