PINO HEREDIA, HILDAMAR ROSA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
La solicitante peticionó la concesión de la carta de ciudadanía argentina por naturalización. El Juzgado Civil y Comercial Federal Nº10 declaró a PINO HEREDIA HILDAMAR ROSA ciudadana argentina y ordenó expedir la carta de ciudadanía, advirtiendo la obligación de enrolarse en un año y las consecuencias sobre su nacionalidad previa y la posible cancelación por fraude.
¿Quién es el actor?
PINO HEREDIA HILDAMAR ROSA (peticionaria de la carta de ciudadanía).
¿A quién se demanda?
Estado nacional (procedimiento de concesión de ciudadanía ante el Juzgado Civil y Comercial Federal).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de carta de ciudadanía argentina por naturalización (expte. 20630/2024).
¿Qué se resolvió?
Se declaró ciudadana argentina a PINO HEREDIA HILDAMAR ROSA, condicionando la extensión del título al juramento de fidelidad a la República Argentina, advirtiendo la obligación de enrolarse en el plazo de un (1) año y las consecuencias sobre su nacionalidad anterior y la posible cancelación por fraude; además se ordenó expedir la carta de ciudadanía y oficiar al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones, y comunicar a la Corte Suprema.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I.- En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si la peticionaria se encuentra comprendida en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84). En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición de la interesada. Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio. II.- Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que la peticionaria reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona."
(No hubo votos en disidencia; la decisión es del juez de primera instancia consignado en la parte resolutiva).
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Leyes que cita
- Ley 346Ciudadania
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