Incidente Nº 1 - ACTOR: RIATUSO, ANA MARIA Y OTRO DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
Ejecución de sentencia por reajustes previsionales contra ANSES por movilidad. La Cámara Federal de Rosario —Sala B— confirmó la resolución apelada, reguló honorarios de alzada en el 10% de lo que se les fije en primera instancia e impuso las costas a la demandada vencida.
¿Quién es el actor?
RIATUSO, Ana María y SÁNCHEZ, Antonio (actores ejecutantes).
¿A quién se demanda?
ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de sentencia por reajustes por movilidad (aprobación de planilla practicada, reclamo por diferencias previsionales).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario —Sala B— confirmó la resolución apelada en cuanto fue materia de agravios; reguló los honorarios de los profesionales actuantes en la alzada en el 10% de lo que respectivamente se les regule en primera instancia; e impuso las costas de la instancia a la demandada vencida (art. 36 de la ley 27.423). No participó del acuerdo el Dr. Aníbal Pineda por hallarse en uso de licencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"3) Respecto al agravio referido al error en el vuelco de haberes percibidos corresponde destacar que, consultado el Sistema WEBRUB -al que se accede en el marco del acuerdo suscripto el 8/6/2016, entre la CSJN y la ANSeS-, los plasmados en la liquidación resultan correctos, por lo que se rechaza el presente agravio."
"4) Los demás planteos efectuados por la Anses, guardan analogía con los resueltos por esta Sala, en la causa N° FRO 1441/2020 caratulada 'BOSSIO, Domingo Florencio c/ANSES s/EJECUCION PREVISIONAL', del 24/02/2023, a cuyas consideraciones corresponde remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad..."
"5) Las costas de esta instancia se imponen a la demandada vencida (art. 36 de la ley 27.423)."
Y, en el dispositivo final: "SE RESUELVE: I) Confirmar la resolución apelada, en cuanto fue materia de agravios. II) Regular los honorarios de los profesionales actuantes en esta alzada en el 10% de lo que respectivamente se les regule en primera instancia. III) Imponer las costas a la demandada vencida (art. 36 de la ley 27.423). Insértese, hágase saber, publíquese y oportunamente devuélvanse los autos al Juzgado de origen."
¿Cómo votaron los jueces?
No participa del acuerdo el Dr. Aníbal Pineda por encontrarse en uso de licencia (se indica expresamente).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.