BARBIERI, DELIA ELISABET c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La actora reclamó el reajuste del haber previsional y la declaración de inconstitucionalidad de topes legales aplicados por ANSeS. La Cámara Federal de La Plata rechazó el recurso de ANSeS y confirmó la sentencia de primera instancia, imponiendo las costas de Alzada a la demandada.
¿Quién es el actor?
BARBIERI, DELIA ELISABET.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste/reclamo de recálculo del haber previsional (reajuste de haberes) y planteos de inconstitucionalidad de topes legales aplicados por ANSeS; también cuestiones de prescripción y procedimiento de cálculo (PBU, aplicación de índices, artículos 9, 24, 25 y 26 de la ley 24.241 y art. 9 ley 24.463/Resoluciones SSS).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSeS y, en consecuencia, se confirmó la sentencia apelada; además se impusieron las costas de Alzada a la demandada vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"IV. En lo atinente a la cuestión vinculada a la aplicación de un índice inadecuado, de la lectura de la sentencia surge que el magistrado aplicó la normativa vigente conforme a la fecha de adquisición del beneficio. En virtud de ello, el agravio esgrimido por el ente previsional debe ser rechazado."
"V. En cuanto a los agravios dirigidos contra la inconstitucionalidad de los topes legales dispuesta en la sentencia deben desestimarse con el siguiente alcance. Respecto del límite máximo previsto en el artículo 9 de la ley 24.463, su eventual cuestionamiento deberá prosperar en la medida en que dicho límite exceda el parámetro de confiscatoriedad establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Actis Caporale' (A.403.XXXII, del 19 de agosto de 1999)."
"Por su parte, en orden a la razonabilidad del artículo 25 de la ley 24.241, siempre que las remuneraciones históricas consideradas para el cálculo del haber promedio superen el tope de la remuneración máxima imponible en el artículo 9 de la ley 24.421, el examen de constitucionalidad deberá efectuarse de conformidad con la doctrina sentada en 'Gualtieri' (Fallos: 340:411)."
"Frente a ello, en los supuestos del artículo 24 de la ley 24.241 ... corresponderá aplicar el criterio sentado por la Corte Suprema en 'Barrios Idilio Anelio c/ ANSeS s/ reajustes varios' (21/08/2013), toda vez que el tope dispuesto vulnera la garantía de igualdad prevista en el artículo 16 de la Constitución Nacional."
"VI. En cuanto al agravio referido a la excepción de prescripción del artículo 82 de la ley 18.037, de la comparación de las fechas en que se adquirió el beneficio previsional y la del reclamo ante la ANSeS, se advierte que la misma no habrá de prosperar. Por ello, se confirma la sentencia apelada en este punto."
¿Cómo votaron los jueces?
No consta voto en disidencia en la parte resolutiva; lo resuelto es el acuerdo de la Cámara.
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Leyes que cita
- Ley 24.421Servicio de telefonia
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463Solidaridad previsional
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
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