JurisprudenciaARG
Primera Instancia

CLERICI ALICIA LEONOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el reajuste de su haber previsional (PBU, PC y PAP) y la movilidad del beneficio, impugnando además normas por inconstitucionalidad. El Juzgado Federal N°1 hizo parcialmente lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada y ordenó a ANSeS abonar el haber recalculado y los retroactivos dentro de 120 días hábiles, difiriendo el tratamiento de ciertas inconstitucionalidades para la ejecución.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 029089/2025
Clerici Anses Reajustes varios Pbu Prestacion compensatoria Pap Movilidad previsional Inaplicabilidad de tope Intereses Costas

¿Quién es el actor?

CLERICI ALICIA LEONOR.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional y movilidad —específicamente la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), la Prestación Compensatoria (PC) y la Prestación Adicional por Permanencia (PAP)— y planteos de inconstitucionalidad de diversas disposiciones de las leyes 24.463 y 24.241.

¿Qué se resolvió?

Se hizo parcialmente lugar a la demanda, dejando sin efecto la resolución administrativa impugnada; se ordenó a ANSeS que abone el haber recalculado y los retroactivos conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; se difirió el tratamiento de determinadas cuestiones de inconstitucionalidad para la etapa de ejecución; las sumas a favor de la actora deberán abonarse íntegramente sin quita, sujetas a los límites porcentuales de las leyes de fondo y jurisprudencia. Se impusieron las costas a ANSeS y se difirió la regulación de honorarios para la ejecución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) "En consecuencia, de conformidad al criterio uniforme de las tres Salas de la Exma. Cámara de Apelaciones del Fuero, la PBU habrá de ser determinada en función del guarismo que resulte de actualizar del último valor publicado del MOPRE ($80), utilizando el índice dispuesto por el Máximo Tribunal en el precedente 'Badaro', -por el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y 31 de diciembre de 2006-, y con posterioridad -en caso de corresponder- los aumentos generales de ley hasta la fecha de adquisición del beneficio."

2) "En consecuencia, la aplicación de dicho tope a las remuneraciones actualizadas —tal como lo actualmente lo prevé el art. 4° de la Resolución SSS Nº 3/2021— constituye un exceso reglamentario contrario al espíritu de la Ley Nº 24.241, al introducir una restricción no contemplada en la norma, por lo que corresponde declarar su inaplicabilidad para el caso de autos."

3) "El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia en la sentencia analizada.

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