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Primera Instancia

GARCIA, LUCIANO ANDRES s/INHABILITACIÓN (ART. 3 CEN)

Solicitud de inhabilitación electoral contra Luciano Andrés García por cómputo de pena. El Juzgado Federal declaró procedente la inhabilitación y ordenó excluirlo del subregistro electoral e incorporarlo al Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos hasta el 30/04/2030.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE SANTA ROSA - SECRETARIA ELECTORAL (DISTRITO LA PAMPA)
Fuero
ELECTORAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNE 012868/2026
Inhabilitacion electoral Subregistro de electores inhabilitados Exclusion del subregistro Computo de pena Art. 3 cen Juzgado de ejecucion Condena penal Derechos electorales Inhabilitacion hasta 30/04/2030 Juez federal

¿Quién es el actor?

Secretaría Electoral/Registro judicial (procedimiento de inhabilitación promovido por oficio).

¿A quién se demanda?

GARCIA, LUCIANO ANDRES, matrícula N° 36.220.778.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Inhabilitación para el ejercicio de los derechos electorales e inscripción en el Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito, en atención al cómputo de pena condenatoria informado por el Juzgado de Ejecución de la Primera Circunscripción de La Pampa.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la inhabilitación de Luciano Andrés García para el ejercicio de sus derechos electorales hasta el 30/04/2030 y se ordenó su exclusión del Subregistro Electoral del Distrito e incorporación al Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las presentes actuaciones reconocen su origen con el Oficio de comunicación de sentencia que luce agregado a fs. 1 remitido por Juzgado de Ejecución de la Primera Circunscripción de la Provincia de La Pampa, por la cual se condenó al ciudadano GARCIA, LUCIANO ANDRES, matrícula N° 36.220.778 a la pena de 3 años, 9 meses y 2 días de prisión."

"Que en virtud del cómputo de pena informado en el Oficio aludido, corresponde asentar dicha inhabilitación en el Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito (arts. 3 y 4 CEN), hasta el día 30 de abril de 2030."

(Decisión dispositiva) "RESUELVO: 1°) INHABILITAR a GARCIA, LUCIANO ANDRES, matrícula N° 36.22 0.778 para el ejercicio de sus derechos electorales hasta 30/04/2030. 2°) EXCLUIRLO del Subregistro Electoral del Distrito (art. 3 inc. “e” del C.E.N.) e incorporarlo Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia en el expediente; la resolución está firmada por el Juez Federal a cargo.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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