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Primera Instancia

GUZMAN JUAN C/ OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor promovió acción especial por accidente de trabajo reclamando prestaciones dinerarias derivadas de lesión en pulgar izquierdo. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucionales normas y condenó a OMINT ART a abonar $29.381.491 más intereses, con costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DE TRABAJO N° 4 - ESCOBAR
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
1648
Accidente de trabajo Indemnizacion Inconstitucionalidad Dnu 669/19 Art.12 ley 24.557 Ibm Actualizacion ripte / art.55 ley 27.802 Intereses Costas Omint art.

¿Quién es el actor?

GUZMAN JUAN, representado por el Dr. Frangella Juan Ignacio.

¿A quién se demanda?

OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A, representada por el Dr. Pardo Oscar Fernando.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestaciones dinerarias por las consecuencias del accidente de trabajo ocurrido el 27/11/2024, en los términos del art. 14 inc. 2 a) de la ley 24.557 y normas complementarias.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad del art. 7 y concordantes de la ley 23.928 (texto según ley 25.561), la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del DNU 669/19 y la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del art. 12 de la ley 24.557 únicamente en cuanto a la determinación del valor del IBM; se condenó a OMINT ART a pagar PESOS VEINTINUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO ($29.381.491) dentro de diez días hábiles judiciales; costas a la demandada; regulación de honorarios y demás providencias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1°) DECLARAR la inconstitucionalidad del art. 7 y concordantes de la ley 23.928, texto según ley 25.561 ( causa "Barrios" L. 124.096); también la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del DNU 669/19, y, por último, decretar la inconstitucionalidad e inaplicabilidad al caso de autos del art. 12 de la ley 24.557 únicamente en cuanto a la determinación del valor del IBM (ingreso base mensual) (art. 17 CN, 39 CPBA, causas "Muzychuk y Barrios" de la SCJBA)."

"3°) HACER LUGAR a la demanda iniciada por GUZMAN JUAN contra OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A por cobro de pesos en concepto de indemnización por las consecuencias del accidente acaecido el día 27/11/2024 conforme lo dispuesto por el art. 14 inc. 2 a) de la ley 24.557 sus modificatorias y complementarias y en consecuencia, condenar a la demandada OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A a abonarle, dentro de los diez (10) días hábiles judiciales de notificada la sentencia de autos, la suma de PESOS VEINTINUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO ($ 29.381.491.-)."

"Por ello, aplicando dicha normativa (conforme: https://www.bcra.gob.ar/calculadora-intereses-creditos-laborales-judicializados/.), al monto total 12.574.219, la tasa pasiva del BCRA se consigue la suma de: 21.423.860, por lo tanto:

En aplicación del art. 55 inc. a) y b), no siendo superior al importe derivado de adicionar al capital histórico la suma resultante de la aplicación sobre el mismo del Índice de Precios al Consumidor (IPC) suministrado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) con más una tasa de interés del tres por ciento (3%) anual y asimismo, siendo el valor resultante superior al sesenta y siete por ciento (67%) del cálculo obtenido al aplicar las pautas del inciso b), corresponde tomar la suma de 21.423.860.

Considerando que si bien la Ley 24.557 constituye un régimen especial, no puede soslayarse que el sujeto protegido en ambos regímenes (Riesgos del Trabajo y Derecho Individual del Trabajo) es idéntico: el trabajador. La protección constitucional consagrada en el art. 14 bis de la C.N. y la doctrina de la CSJN en 'Vizzoti' y 'Aquino' otorgan al trabajador el carácter de 'sujeto de preferente tutela constitucional', lo que obliga al sentenciante a integrar el ordenamiento jurídico de la manera que mejor resguarde su crédito."

Notas sobre prueba y cálculo: El Tribunal tuvo por acreditado vínculo laboral con GEORGALOS HNOS SAICA, reconocimiento del accidente por la ART, la pericia médica (incapacidad 4.51% por lesión en pulgar izquierdo) y el IBM promedio de $4.383.766,58. Aplicó fórmulas de actualización (art.11 ley 27.348; comparación y aplicación del art.55 ley 27.802) y tomó como resultado final $29.381.491 (incluye 20% compensatorio previsto por art.3 ley 26.773).

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