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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PACK EXPRESS S.R.L. S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución (apremio provincial) contra PACK EXPRESS S.R.L. por deuda tributaria por $5.657.247,20. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro, aplicando intereses conforme art. 104 del Código Fiscal y condenó en costas a la vencida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 3 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
81041
Ejecucion fiscal Apremio provincial Deuda tributaria Intereses art. 104 codigo fiscal Costas a la vencida Domicilio constituido Fisco provincia de buenos aires Pack express s.r.l. Mandamiento y apercibimiento Cpcc (arts. 540 549 68 556)

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

PACK EXPRESS S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de deuda tributaria por capital reclamado de PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON VEINTE CENTAVOS ($ 5.657.247,20), con aplicación de intereses desde la interposición de la demanda (20/02/26).

¿Qué se resolvió?

Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado, con aplicación de intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde el 20/02/26; se impusieron las costas a la vencida y se tuvo por constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada PACK EXPRESS S.R.L. haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado de PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON VEINTE CENTAVOS ($ 5.657.247,20). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 20/02/26- y hasta su efectivo pago."

"2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias)."

"3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 16/03/26, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifíquese."

Hechos procesales relevantes consignados por el Tribunal:

"Habiendo sido la demandada PACK EXPRESS S.R.L. intimada de pago en el domicilio de Avda. Córdoba Nº 1646, Piso 14°, Dpto.'322' de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)."

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