FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SANCHEZ ROBERTO S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial por deuda fiscal por $1.325.149,90 más intereses. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro, aplicando intereses conforme al artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda y condenó en costas al vencido, constituyendo domicilio del demandado en los estrados.
¿Quién es el actor?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
SANCHEZ, ROBERTO.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución en apremio provincial por capital reclamado de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE CON NOVENTA CENTAVOS ($ 1.325.149,90), con aplicación de intereses según artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (13/02/26) hasta su efectivo pago.
¿Qué se resolvió?
Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado haga íntegro pago del monto reclamado con intereses; costas a la vencida; se difiere regulación de honorarios; se tiene por constituido domicilio del demandado en los estrados por haber sido debidamente anoticiado del apercibimiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Habiendo sido el demandado SANCHEZ, ROBERTO intimado de pago en el domicilio de calle Reconquista Nº 538, Piso 6°, Dpto.'61' de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.).
Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C.,
¿Qué se resolvió?
1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado SANCHEZ, ROBERTO haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE CON NOVENTA CENTAVOS ($ 1.325.149,90). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 13/02/26- y hasta su efectivo pago.
2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias).
3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 23/02/26, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifíquese."
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