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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ VIERA COMINI MARTIN GUSTAVO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial para ejecutar deuda tributaria por $2.012.770,90. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital de PESOS DOS MILLONES DOCE MIL SETECIENTOS SETENTA CON 90/100 ($2.012.770,90) más los intereses fijados por el art. 104 del Código Fiscal, con costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 - SAN MARTIN
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
37148
Apremio provincial Ejecucion fiscal Deuda tributaria Art. 104 codigo fiscal $2.012.770 90 Costas Perdida de defensa procesal (arts. 166 y 155 cpcc) Ley 13.406 Art. 540 549 556 cpcc Regulacion de honorarios diferida

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

VIERA COMINI MARTIN GUSTAVO.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por apremio provincial del capital reclamado de PESOS DOS MILLONES DOCE MIL SETECIENTOS SETENTA CON 90/100 ($2.012.770,90) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se mandó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamada y los intereses; costas a la demandada vencida; regulación de honorarios diferida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)."

"II. Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor VIERA COMINI MARTIN GUSTAVO haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de PESOS DOS MILLONES DOCE MIL SETECIENTOS SETENTA CON 90/100 ($2.012.770,90) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno."

"III. REGISTRESE. NOTIFIQUESE (Art. 135, inc. 12 del CPCC y art. 13 de la ley 13.406)."

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