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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LOPEZ MARIA ADELA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial demandó por apremio provincial el cobro de una deuda fiscal por $790.687,00. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó la ejecución hasta el pago íntegro del capital e intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal, con costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 - SAN MARTIN
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
37068
Apremio provincial Ejecucion fiscal Deuda fiscal $790.687 00 Art. 104 codigo fiscal Costas Perdida de derecho por inactividad Cpcc articulos 166 155 540 549 556 Ley 13.406 Ejecucion hasta pago integro.

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

LOPEZ MARIA ADELA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por apremio provincial del capital reclamado de PESOS SETECIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 0/100 ($790.687,00) más los intereses que se devenguen conforme al art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda, ordenándose llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamado e intereses; costas a la demandada; regulación de honorarios diferida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC).-

II. Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor LOPEZ MARIA ADELA haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de PESOS SETECIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 0/100 ($790.687,00) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno.-"

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