JurisprudenciaARG
Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SANCHEZ MORENO PABLO EZEQUIEL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial para ejecutar deuda fiscal por $1.049.516,50. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro, imponiendo costas a la vencida y aplicando intereses desde la interposición de la demanda.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
98502
Apremio provincial Ejecucion fiscal Intereses art. 104 codigo fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Perdida del derecho de defensa (excepciones) Costas a la vencida Constitucion de domicilio en estrados Notificacion electronica Ley 13.406 Deuda $1.049.516 50

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Sanchez Moreno Pablo Ezequiel.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por capital reclamado de PESOS UN MILLON CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS DIECISEIS CON 50/100 ($1.049.516,50), con intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (10/08/2026) hasta su efectivo pago.

¿Qué se resolvió?

Se declaró procedente la ejecución y se ordenó llevarla adelante hasta el pago íntegro del monto reclamado con intereses; se impusieron las costas a la vencida; se dejó constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado por hallarse anoticiado del apercibimiento y se ordenó la notificación electrónica al correo registrado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Habiendo sido el demandado Sanchez Moreno Pablo Ezequiel intimado de pago en el domicilio de calle Av. Cordoba 4112 Piso:5° Depto.:C Ciudad Autonoma De Buenos Aires y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)."

"Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO:"

"1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado Sanchez Moreno Pablo Ezequiel efectué el íntegro pago al accionante -Fisco de la Provincia de Buenos Aires-, del capital reclamado de PESOS UN MILLON CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS DIECISEIS CON 50/100 ($1.049.516,50). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -10/08/2026 - y hasta su efectivo pago.-"

"2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 51 y concs. del Decreto-Ley 8.904/77 y modificatorias).-"

"3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 11/08/2026, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituído su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifiquese electrónicamente por secretaría al domicilio 27230040619@notificaciones.scba.gov.ar.-"

(No se consignan votos en disidencia en el bloque dispositvo; la sentencia es única y concluyente.)

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.