SOSA ANGELA ANA S/ SUCESION AB-INTESTATO
La apertura de la sucesión intestada de Ángela Ana Sosa para determinar herederos universales y asignación de bienes propios. El Tribunal declaró que le suceden como herederos universales sus hijos Gustavo Daniel y María José y su cónyuge supérstite Juan Daniel Gonçalves d'Abreu, con cese de intervención del Ministerio Fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Peticionantes/solicitantes: Gustavo Daniel Gonçalves d'Abreu; María José Gonçalves d'Abreu; y Juan Daniel Gonçalves d'Abreu.
Demandado: La causante fallecida ANGELA ANA SOSA (se tramita la sucesión ab-intestato).
Objeto: Apertura de la sucesión intestada por el fallecimiento de Ángela Ana Sosa y declaración de quiénes le suceden como herederos universales y en bienes propios.
Decisión: Se hizo lugar a lo pedido y, en cuanto corresponde por derecho y sin perjuicio de terceros, se declaró que por el fallecimiento de Ángela Ana Sosa le suceden en carácter de herederos universales sus hijos GUSTAVO DANIEL GONÇALVES d'ABREU y MARÍA JOSÉ GONÇALVES d'ABREU y su cónyuge supérstite JUAN DANIEL GONÇALVES d'ABREU; asimismo se declaró que el cónyuge hereda en cuanto a los bienes propios y se dejó sin efecto la intervención del Ministerio Fiscal.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"I) Que con el certificado adjunto a la presentación electrónica -DEMANDA
- SE PRESENTA (245700597025078255)
- se acredita el fallecimiento de ANGELA ANA SOSA -DNI F 5970846
- ocurrido el día 25/11/2020.-"
"II) Que la causante contrajo matrimonio con Juan Daniel GONÇALVES d'ABREU con fecha 06/04/1972 (DEMANDA
- SE PRESENTA (245700597025078255))."
"III) Que de esa unión nacieron: Gustavo Daniel con fecha 17/02/1973 y Maria Jose con fecha 17/02/1973.-"
"Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación, y los arts. 735, 737 del CPCC se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de ANGELA ANA SOSA -DNI F 5970846
- le suceden en carácter de universales herederos sus hijos GUSTAVO DANIEL GONÇALVES d'ABREU y SOSA, y MARÍA JOSÉ GONÇALVES d'ABREU y SOSA, y su cónyuge supérstite, JUAN DANIEL GONÇALVES d'ABREU, a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. Cése la intervención del Ministerio Fiscal. REGÍSTRESE. NOTIFIQUESE..."
"Se deja constancia que la presente resolución es firmada por el Infrascripto digitalmente en la Ciudad de Quilmes (Artículo 288 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina. Doc. Legal, Res. S.C.B.A. 2135/2018; 480/20. Conf., AC. 3733/14, 3971/20, 3975/20 S.C.B.A)."
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