PETRAGLIA ROBERTO OSCAR S/ SUCESION AB-INTESTATO
Solicitud de declaración de herederos por fallecimiento de Roberto Oscar Petraglia. El Tribunal declara herederos a sus tres hijos y a su cónyuge supérstite, disponiendo la cese de la intervención del Ministerio Fiscal y ordenando las notificaciones registrales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor:
No se identifica expresamente quién promovió la demanda en el proveído; la tramitación corresponde a la sucesión ab-intestato de Roberto Oscar Petraglia y resultan interesados como peticionantes los tres hijos y la cónyuge supérstite.
Demandado:
No existe un demandado privado; la actuación es declarativa respecto de la sucesión del causante ROBERTO OSCAR PETRAGLIA.
Objeto:
Declaratoria de herederos por fallecimiento de ROBERTO OSCAR PETRAGLIA (sucesión ab-intestato).
Decisión:
Se declaró, en cuanto ha lugar y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de ROBERTO OSCAR PETRAGLIA le suceden en carácter de herederos sus hijos MARIA MERCEDES PETRAGLIA, JUAN MANUEL PETRAGLIA y MARIA CECILIA PETRAGLIA y su cónyuge supérstite ANA MARIA ELIÇABIDE, a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. Además, se dispone el cese de la intervención del Ministerio Fiscal y las notificaciones correspondientes conforme a acordadas.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"I) Que con la documentación allegada con el escrito inicial de fecha 3/8/2026 y el certificado de defunción allí acompañado se acredita el fallecimiento de ROBERTO OSCAR PETRAGLIA ocurrido el día 18/01/2026."
"II) Que el causante había contraído matrimonio con Ana Maria Eliçabide en fecha 8/8/1980."
"III) Que de esa unión nacieron Maria Mercedes Petraglia (25/08/1981), Juan Manuel Petraglia (21/09/1983) y Maria Cecilia Petraglia (21/05/1986)."
"IV) Que con los diarios y recibos agregados los días 19 y 24/8/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC."
"Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. 7, 2.337, 2.340, 2424, 2426, y 2433 del CCyCN y arts. 735, 737 del CPCC se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de ROBERTO OSCAR PETRAGLIA le suceden en carácter de herederos sus hijos MARIA MERCEDES PETRAGLIA, JUAN MANUEL PETRAGLIA y MARIA CECILIA PETRAGLIA y su cónyuge supérstite ANA MARIA ELIÇABIDE a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales."
"Cése la intervención del Ministerio Fiscal."
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