CHOQUE MAMANI AURORA C/ CONDORI SANTOS LUIS S/ ACCIONES DE IMPUGNACION DE FILIACION
Acción de reclamación de filiación para determinar la paternidad biológica de Amalia Erika, nacida el 24/08/2004. El Tribunal hace lugar a la demanda por resultar probado el vínculo paternal mediante pericia genética cuyo Índice de Paternidad arroja una probabilidad superior al 99,999999%.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Inicialmente Aurora CHOQUE MAMANI en representación de su hija menor Amalia Erika JUCHANI CHOQUE; posteriormente la propia Amalia se presentó por derecho propio al haber alcanzado la mayoría de edad.
Demandado: Santos Luis CONDORI.
Objeto: Reclamación de filiación para que se reconozca judicialmente a Santos CONDORI como padre biológico de Amalia Erika (art. 578 y concordantes del CC y C).
Decisión: Se hace lugar a la demanda de reclamación de filiación y se declara que Amalia Erika es hija biológica de Santos Luis Condori; se ordena la inscripción de la sentencia en el Registro Civil Delegación Pinamar. Se imponen las costas en el orden causado y se regulan honorarios de la letrada patrocinante.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como aparecen en la sentencia):
"Conforme lo expuesto, teniendo en cuenta la prueba objetiva de ADN efectuada por la Asesoría Pericial de La Plata, agregada en autos con fecha 27/08/2026, la que como ya se adelantara, concluyó respecto del vínculo biológico reclamado: el valor de INDICE DE PATERNIDAD (IP) obtenido equivale un porcentaje de paternidad mayor a 99,999999%8."
"Que siendo ello así a los fines de la solución de la litis, corresponde analizar las pruebas producidas por las partes, de acuerdo a los principios que rigen la carga probatoria y conforme a la regla de la sana crítica, teniendo en cuenta claro está, que los jueces no están obligados a detallar la totalidad de los elementos probatorios producidos sino solo aquellos que resultan conducentes para la solución del litigio y para completar el razonamiento desarrollado a la hora de dictar la pertinente sentencia de mérito (art. 375, 384 del CPCC)."
"Sentado lo anterior, ante la contundencia de la pericia realizada, no caben dudas que corresponde hacer lugar a la demanda incoada."
- Prueba decisiva: Informe pericial de ADN (Asesoría Pericial La Plata, Protocolo ADN
- D-43420-1, 27/08/2026) con conclusión: "NO EXCLUYEN a SANTOS LUIS CONDORI como posible padre biológico de AMALIA ERIKA JUCHANI CHOQUE" y probabilidad de paternidad > 99,999999%.
- Costas y honorarios: costas en el orden causado; regulación de honorarios a favor de la Dra. Maria José DOÑA en 40 JUS más aportes y IVA si correspondiere; sin regulación respecto de la Defensoría Oficial.
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