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BONAVITA MIGUEL ANGEL C/ GIOSA JUAN ESTEBAN S/ COBRO EJECUTIVO

El actor promovió demanda por cobro ejecutivo sobre un pagaré vencido por $75.528.200. El Tribunal hizo lugar a la ejecución ordenando trance y remate hasta tanto el ejecutado abone el capital reclamado más intereses, costas y costos desde la mora del 06/01/2026.

Ejecucion Cobro ejecutivo Intimacion de pago Trance y remate Pagare sin protesto Art. 155 cpcc Domicilio constituido en estrados Regulacion de honorarios diferida Costas y costos de ejecucion Intereses moratorios (tasa activa bco. provincia de buenos aires) Mora 06/01/2026

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Miguel Ángel BONAVITA, con patrocinio letrado del Dr. Andrés Adolfo SACHELLA. Demandado: Sr. Juan Esteban GIOSA, DNI Nº 24.104.599. Objeto: Cobro ejecutivo fundado en un pagaré suscripto el 16/12/2025, con vencimiento el 06/01/2026, por la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS ($75.528.200). Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se ordenó llevar adelante la causa de trance y remate hasta tanto el ejecutado pague íntegramente el capital reclamado más intereses a la tasa activa más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento de documentos a 30 días, costos y costas de la ejecución, desde la fecha de la mora 06/01/2026 hasta su efectivo pago. Se tuvo al ejecutado con domicilio constituido en los estrados del Juzgado; se dejó constancia de la intimación practicada en General Paz 432, Las Flores; se difiere la regulación de honorarios hasta tanto se practique liquidación.
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales del fallo): "Que con fecha 18/3/2026 se presentó Miguel Ángel BONAVITA, con el patrocinio letrado del Dr. Andrés Adolfo SACHELLA, a interponer demanda por cobro ejecutivo contra el Sr. Juan Esteban GIOSA DNI Nº 24.104.599, por la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS ($75.528.200), conformado por 1 pagare sin protesto, suscripto con fecha 16 de diciembre de 2025, con vencimiento al 06 de enero de 2026." "Que habiéndose intimado de pago al ejecutado, el mismo no ha opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, por lo que corresponde darle por perdido el derecho que no ha ejercido (art. 155 del CPCC)." "Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Sr. Juan Esteban GIOSA, haga al acreedor Miguel Ángel BONAVITA, íntegro pago del capital reclamado que asciende a la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS ($75.528.200), con más intereses a la tasa activa mas alta, fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento de documentos a 30 días, costos y costas de la ejecución (arts. 68 y 556 del CPCC) desde la fecha de la mora 06/01/2026, hasta su efectivo pago." "Se deja constancia que la intimación de pago se realizó en el domicilio del accionado sito en la calle General Paz N° 432 de la ciudad de Las Flores, Provincia de Buenos Aires, BRPA. Se hace efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 41 del CPCC, y se tiene al ejecutado con el domicilio constituído en los estrados del Juzgado. Se difiere la regulación de honorarios hasta tanto se practique liquidación (art. 51 ley 14.967)."

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