MARTINEZ BLANCA MARGARITA S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se tramita sucesión ab-intestato por el fallecimiento de Blanca Margarita Martinez y se solicita la declaración de herederos. El Tribunal declara por derecho que le suceden como herederos universales sus hijos Sandra Noemí y Carlos Armando Escayol y Martínez, conforme a los arts. 2337 y 2426 del NCCC y arts. 735 y 737 del CPCC.
¿Quién es el actor?
D. H. (solicitante del trámite sucesorio consignado en el expediente).
¿A quién se demanda?
La causante BLANCA MARGARITA MARTINEZ (fallecida el 23/08/2025); no existe demandado procesal distinto, se trata de trámite sucesorio.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicita se dicte la declaración de herederos en la sucesión ab-intestato de Blanca Margarita Martínez.
¿Qué se resolvió?
Se declaró, en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que le suceden por fallecimiento de la causante sus hijos SANDRA NOEMI y CARLOS ARMANDO ESCAYOL Y MARTINEZ como herederos universales; agréguese y regístrese lo obrado; requiérase certificado negativo del IPS y agréguese al expediente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1º) Que con el certificado acompañado en fecha 21/10/25 se acredita la defunción de BLANCA MARGARITA MARTINEZ, ocurrida el 23 de Agosto de 2025.
2º) Que esta había contraído matrimonio con ARMANDO ESCAYOL el día 2 de Octubre de 1980, quien falleciera el 8 de Marzo de 1994 (ver constancias acompañadas en fecha 11/3/26).
3º) Que de esa unión nacieron SANDRA NOEMI, el día 11 de Octubre de 1971; y CARLOS ARMANDO ESCAYOL Y MARTINEZ, el día 15 de Febrero de 1977 (ver constancias acompañadas en fecha 21/10/25 y 11/3/26).
4º) Que con la documentación acompañada a despacho consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2º del CPCC., sobre cuyo resultado negativo informa la Sra. Actuaria en este acto.
Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 2337 y 2426 del NCCC (ex 3410 y 3565 del C.C. respectivamente) y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de BLANCA MARGARITA MARTINEZ le suceden en carácter de universales herederos sus hijos SANDRA NOEMI y CARLOS ARMANDO ESCAYOL Y MARTINEZ.
REGISTRESE."
Observaciones procesales: Se ordenó requerir por Secretaría certificado negativo de la causante a través del portal virtual del IPS y adjuntar su resultado en formato PDF; consta cumplimiento en misma fecha.
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