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Primera Instancia

STRATTA SUSANA NOEMI S/ SUCESION AB-INTESTATO

Solicitan inscripción de la Declaratoria de Herederos, aprobación de convenio de partición y adjudicación, e regulación de honorarios. El Tribunal dispone la inscripción registral del 50% del inmueble (Matrícula N° 134381) y del 50% del rodado (DOMINIO FBT209), ordena los oficios pertinentes y regula honorarios en 15 JUS a cargo de la masa hereditaria, con cumplimiento de requisitos formales previos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 - LA MATANZA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LM-14654-2026
Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Inscripcion registral Particion y adjudicacion Honorarios profesionales Ley 6716 Registro automotor Matricula n? 134381 Dominio fbt209 Bien de familia observaciones: se consignan montos tomados como base regulatoria: $13.158.809 50 (compuesto por $3.710.800 ? 50% de $7.421.600 por dominio fbt209 ? y $9.448.009 50 ? 50% de $18.896.019 por inmueble matricula n? 134381). se requiere acompanar certificado de anotaciones personales de andrea susana croccia y demas formalidades previas antes de continuar tramites.

¿Quién es el actor?

Co-herederos Andrea Susana Croccia y Hugo Luis Croccia, con patrocinio de la Dra. Cinthia Verónica Cuneo.

¿A quién se demanda?

No se individualiza parte demandada; se tramita actuación registral sobre bienes de la masa hereditaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Inscripción de la Declaratoria de Herederos respecto de inmueble y automotor; toma de conocimiento del convenio de partición y solicitud de adjudicación; regulación definitiva de honorarios profesionales.

¿Qué se resolvió?

Se admite la documentación acompañada; se dispone el exhibimiento por 10 días para oposiciones; se ordena la inscripción registral de la declaratoria de herederos respecto del 50% del inmueble (Matrícula N° 134381, Circ. III Secc. B Manzana 158 Parcela 3, F° N°8647/77) y del 50% del rodado (DOMINIO FBT209); librar oficio electrónico al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor; expedir instrumentos conforme Resoluciones 1799/16 y 3997/20; y regular honorarios de la profesional interviniente en 15 JUS, a cargo de la masa hereditaria, con inclusión de aportes legales e IVA si correspondiera. Se indican además requisitos previos (certificados de anotaciones personales, constancia de boleta de aportes de ley, CUIT/CUIL/CI, manifestación sobre percepción de honorarios y mantenimiento del inmueble como bien de familia).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En consecuencia y, de conformidad con lo dispuesto por el art. 766 del CPCC, pónganse de manifiesto las actuaciones en Secretaría por el término de diez días a efectos de los que se consideren con derecho formulen las oposiciones que estimen corresponder. NOTIFIQUESE oficiosamente (arts. 135 y 766 del CPCC; Ac. 4013/21 -t.o. Ac. 4039/21 SCBA).

Con su resultado, se proveerá lo que en derecho corresponda.

AUTOS Y VISTOS: De conformidad con lo solicitado y encontrándose cumplido en autos con lo dispuesto por el art. 765 del CPCC, procédase a la Inscripción de la Declaratoria de Herederos dictada en autos en fecha 29/06/2026 con relación al (1/2 ganancial) del bien Inmueble, cuyo Informe de Dominio obra en autos y su Nomenclatura Catastral es: Circunscripción III, Sección B, Manzana 158, Parcela 3, inscripto su Dominio en la Matrícula N° 134381, (LA MATANZA 070) Antecedente Dominial F° N°8647/77.

A los fines indicados precedentemente, expídanse los instrumentos pertinentes en los términos dispuestos por la SCBA mediante Resoluciones 1799/16 y 3997/20; quedando a cargo de la profesional interviniente su confección (art. 36 del CPCC).

Asimismo, de conformidad con lo solicitado y encontrándose cumplido en autos con lo dispuesto por el art. 765 del CPCC, procédase a la Inscripción de la Declaratoria de Herederos dictada en data en data 29/06/2026, con relación al (50 %) del bien rodado cuyo certificado de dominio obra en autos (DOMINIO FBT209). A tal fin, líbrese oficio electrónico al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Seccional que corresponda (Ac. 3997/20 SCBA), quedando a cargo del profesional actuante su confección; el cual, en oportunidad de encontrarse en condiciones, se comunicará al letrado actuante oficiosamente para su impresión y diligencia."

" A efectos de dar cumplimiento con lo normado por los arts. 21 y 22 de la Ley 6716, regúlanse los honorarios del/los profesional/es interviniente/s ... Dra. Cinthia Verónica Cuneo ... en 15 JUS ... todas ellas a cargo de la masa hereditaria ... con más el aporte legal que determina la ley 6716 y los aportes de IVA, si correspondieren."

Si hubiera disidencia: No consta voto dividido ni disidencia en el proveído analizado.

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