JurisprudenciaARG
Primera Instancia

VILLONE CARLOS GABRIEL C/ DOMINGUEZ LUCIANO IVAN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Demanda por daños y perjuicios automovilísticos con acuerdo transaccional homologado que pone fin al juicio. El Tribunal homologó el acuerdo, reguló honorarios (Dr. Jorge J. Alonso $3.000.000 y Dr. Guido Alberti 9,8 Jus) e intimó pago de tasa $330.000 y sobretasa $16.500.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 - CAMPANA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
57570
Homologacion de transaccion Danos y perjuicios automotores Honorarios profesionales Regulacion de honorarios Tasa de justicia Sobretasa de justicia Mediacion Litigar sin gastos Convenio indemnizatorio Archivo de actuaciones

¿Quién es el actor?

Villone Carlos Gabriel.

¿A quién se demanda?

Dominguez Luciano Ivan y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por daños y perjuicios automotores (causa indicada: DAÑOS Y PERJ. AUTOM. C/LES. O MUERTE).

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo transaccional celebrado por las partes, se tuvieron presentes lo pactado respecto de las costas y honorarios, se regularon honorarios de los letrados y del mediador, se intimó a abonar tasa y sobretasa de justicia y se dejó nota del beneficio de litigar sin gastos. Se ordenó archivo una vez cumplidos los requisitos formales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Atento los convenios arribado por las partes, donde se fija un monto indemnizatorio, se acuerdan las costas del proceso y se acuerdan los honorarios del letrado patrocinante de la parte actora, toda vez que los interesados tienen facultades suficientes al efecto, no mediando obstáculo legal y representando dichos acuerdos voluntad expresa de las partes (arts. 958 y 959 del C.C.yC.) he de acceder a lo solicitado."

"En virtud de ello; Resuelvo: 1.- Homologando el acuerdo transaccional celebrado en autos; el que pone fin al presente litigio. 2.- Teniendo presente lo pactado respecto de las costas (art. 73 del CPCC).- 3.- Teniendo presente lo acordado respecto de los honorarios profesionales del letrado patrocinante de la parte actora.- 4.- Regulando los honorarios de los letrados intervinientes, en forma global por todos los trabajos llevados a cabo en autos, teniendo en cuenta las etapas cumplidas, naturaleza, extensión y calidad de la labor desarrollada, de la siguiente manera: por los trabajos realizados por el Dr. Jorge Javier ALONSO (Tº I, Fº 268, C.A.Z.C.) como letrado patrocinante de la parte actora en la suma acordada de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000.-) -equivalente a CINCUENTA Y SEIS CON 35/100 (56,35) Jus-; y al Dr. Guido ALBERTI ( T° IV, F° 69, C.A.Z.C.) por sus trabajos como letrado apoderado de la citada en garantía en la suma equivalente a NUEVE CON 80/100 (9,8) Jus -mínimo de la escala legal, conforme lo expresamente solicitado-. Ambas las regulaciones con más el porcentaje legal e I.V.A. si correspondiere. (arts. 9.II. 10), 14, 16, 21, 22, 23, 25, 28 y conc. de la Ley 14.967, Resolución RP 873/26 de la SCBA).-

Conforme el estado de autos, regúlanse los honorarios del mediador interviniente, Dra. Florencia Soledad DIEZ (ZC016), en la suma de VEINTE CON 87/100 (20,87) Jus, con más los aportes de ley e IVA si correspondiere. (art. 31, inc. d), Decreto N° 600/2021).-

II.- Atento el estado de los actuados, informando la Actuaria acerca de la liquidación de la tasa y sobretasa de justicia que corresponde tributar en los mismos (art. 340 Cód. Fiscal), intímese a la obligada a abonar dentro del plazo de CINCO (5) días la suma de $ 330.000.- en concepto de tasa y la suma de $ 16.500.- en concepto de sobretasa de justicia, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de remitir las actuaciones al Departamento de Cobro de Honorarios de Peritos Oficiales y Tasa de Justicia, dependiente de la Subsecretaría de Servicios Jurisdiccionales (Ac. N° 3500 del SCBA 09/06/2010). Regístrese. Notifíquese en forma automatizada.-"

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.