PAGLIARDINI SILVIA ELEONOR C/ BANCO SANTANDER RIO S.A. S/ NULIDAD DE CONTRATO
La actora demandó por nulidad de acto jurídico, restitución de sumas e indemnización por daños por un préstamo y transferencias efectuadas mediante estafa. La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación de la actora y, por mayoría, admitió daño punitivo equivalente a dos Canastas Básicas Totales (hogar tipo 3), rechazando el recurso de la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Pagliardini Silvia Eleonor.
Demandado: Banco Santander Rio S.A.
Objeto: restitución de sumas indebidamente debitadas (gastos por cancelación anticipada de un préstamo obtenido mediante estafa) e indemnización por daños (daño moral, daño psicológico) y, en ampliación, reconocimiento de daño punitivo e inconstitucionalidad de arts. 7 y 10 ley 23.928.
Decisión: Por mayoría, la Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de la actora: confirmó la condena de fondo en cuanto a la restitución y daño moral, confirmó el rechazo del daño psicológico y la pretensión de inconstitucionalidad, rechazó el recurso de la demandada, y por mayoría admitió daño punitivo fijándolo en el equivalente a dos (2) Canastas Básicas Totales (CBT) para hogar tipo 3. Se regularán honorarios oportunamente; costas conforme lo dispuesto en el dispositivo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes):
"La Sra. Pagliardini no quería cancelar un préstamo en forma anticipada a pocas horas de haberlo obtenido, sino que esa operación se revirtiera porque había sido estafada. El banco, pese a admitir como válidos los hechos que ella denunció, le cobró injustificadamente la suma de $21.852,49 correspondiente a gastos de tal cancelación."
"Los daños punitivos tienen por fin '.punir graves inconductas del demandado y prevenir hechos similares en el futuro', en cuanto la reparación del perjuicio resulte insuficiente para alcanzar el pleno reestablecimiento de la legalidad..."
"En la compleja tarea de establecer un quantum ... estimo justo y adecuado establecer el monto en concepto de daño punitivo en el equivalente total a dos (2) Canastas Básicas Totales (CBT), para hogar tipo 3
- (art. 52 bis de la ley 24.240)."
Bloque dispositivo final (mayoría):
"Por los fundamentos expuestos en el precedente acuerdo, por mayoría, se resuelve: I) Hacer lugar parcialmente al de la actora, admitiendo el daño punitivo que se fija en el equivalente total a dos (2) Canastas Básicas Totales (CBT), para hogar tipo 3; II) Rechazar el recurso deducido por la demandada; III) Imponer las costas... IV) Diferir la regulación de honorarios para su oportunidad. REGÍSTRESE. DEVUÉLVASE."
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