Incidente Nº 1 - ACTOR: LUGARINI, LUIS DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
Demanda de ejecución de sentencia promovida contra ANSeS por reajustes previsionales y liquidación de haberes. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, declaró inoficioso el tratamiento del recurso contra el decreto de 05/07/2023, impuso las costas a la demandada y modificó la regulación de honorarios de la perito contadora.
¿Quién es el actor?
LUGARINI, Luis.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Incidente de ejecución de sentencia por reajustes previsionales (reajuste de PBU, retención del impuesto a las ganancias, plazos de cumplimiento, regulación de honorarios y oficio sobre fianza).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia; declaró inoficioso el tratamiento del recurso contra el decreto del 05/07/2023; impuso las costas a la demandada vencida; modificó la regulación de honorarios de la perito contadora y reguló los honorarios de los profesionales actuantes en la Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En cuanto al agravio referido a los intereses moratorios, ... el interés moratorio corresponde cuando todas las cuestiones planteadas en las demandas sean conocidas con certeza por la ANSeS para ser puestas en pago y cancelar la obligación, es decir, sólo podrá devengarse una vez vencido el plazo otorgado para pagar el monto de la liquidación aprobada judicialmente con la tasa pasiva capitalizable mensualmente dispuesta por el BCRA Comunicado n° 14290."
"Ingresando al estudio de la queja referida a la PBU, indicaré que contrariamente a lo afirmado la perito no la reajustó, por lo que, corresponde desestimar la queja y confirmar la sentencia en este punto."
"Avocándome al tratamiento del planteo relativo al impuesto a las ganancias, es dable señalar que la resolución recurrida remitió, al precedente 'García' de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (fallo del 26/03/19) ... Por ello, será rechazado."
"Atento a lo normado por los artículos 16, 19, 21, 41, 51 y 61 de ley 27.423 y 478 del C.P.C.C.N., y teniendo en cuenta las etapas efectivamente cumplidas, la extensión y calidad de la labor desarrollada y el resultado obtenido, se advierte que la suma regulada a la perito contadora resulta elevada ... Por ende, cabe revocar parcialmente la resolución recurrida y fijar el honorario de la perito contadora BANDEO MARIA FLORENCIA en la suma de $58.014, equivalente a 3UMA."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; la Dra. Silvina María Andalaf Casiello adhiere en lo sustancial al voto preopinante y expresa su propio pronunciamiento sobre la exención del impuesto a las ganancias conforme jurisprudencia de la CSJN, pero ello no se presenta como decisión contraria al acuerdo final.
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