Logo

ENRIQUEZ, ORLANDO MARCOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó Enriquez contra ANSeS por reajustes varios de haberes previsionales. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia, revocó la aplicación del precedente Weskamp, declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018, le impuso las costas a ANSeS y reguló honorarios en esta Alzada al 30% de lo fijado en primera instancia.

Costas Honorarios Intereses moratorios Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Anses Reajustes previsionales Dnu 157/2018 Weskamp Movilidad (ley 27.541)


¿Quién es el actor?

ENRIQUEZ, Orlando Marcos.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios (reajustes de haberes previsionales y cuestiones conexas como liquidación de PBU, impuesto a las ganancias, intereses moratorios y movilidad por decretos/ley 27.541).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Rosario, por mayoría, confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia en los términos del voto mayoritario; revocó la aplicación del precedente “Weskamp”; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 157/2018 e impuso las costas a la demandada sustancialmente vencida (art. 68 CPCCN y art. 36 ley 27.423). Además reguló los honorarios de los profesionales actuantes en esta Alzada en el 30% de lo que se les fije en primera instancia.
- Fundamentos principales (textos transcritos): "I.
- Confirmar parcialmente la sentencia recurrida en los términos del presente. II.
- Revocar la aplicación del precedente “Weskamp”. III.
- Declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas a la demandada sustancialmente vencida (artículos 68 del CPCCN y 36 de la ley 27.423). IV.
- Regular los honorarios de los profesionales actuantes en esta Alzada en el 30% de lo que se les fije en primera instancia." (Parte resolutiva). Voto del Dr. Aníbal Pineda: "corresponde confirmar lo dispuesto por el a quo" y, sobre costas, "la sentencia acogió sustancialmente la demanda cursada por el actor, por lo cual no existe razón alguna para apartarse del criterio general de la derrota (artículo 68 del C.P.C.C.N.)". Sobre intereses y tasa: remisión a precedentes de la Sala y a criterios aplicados en incidentes (ej.: "corresponde remitirse al criterio establecido en los autos Nº FRO 13011342/2010... (Ac. del 02/05/2025)"). Votos de disidencia parcial (relevantes): Las Dres. Silvina María Andalaf Casiello y Elida Isabel Vidal discrepan en cuanto al tratamiento de la movilidad por la ley 27.541 y los decretos del PEN, y sostienen que "cabe admitir el agravio de la demandada y movilizar el haber previsional conforme las pautas allí establecidas" (disidencia respecto de ese punto). Asimismo, ambos votos sostienen la exención del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos en línea con precedentes de la CSJN: "queda exento del impuesto a las ganancias la totalidad del retroactivo reconocido en autos."
- Aclaración: las posiciones que disienten sobre la movilidad son minoritarias; la decisión de la Cámara es la indicada en la parte resolutiva arriba transcripta.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar