Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: IBAÑEZ DIAZ, MARIO VALENTIN s/INFRACCION LEY 23.737 SOLICITANTE: JEFE ESCUADRON 47 SOLICITA APERTURA
Imputado acusado por transporte de estupefacientes en modalidad encomienda. El Tribunal admitió el juicio abreviado, condenó a Mario Valentín Ibáñez Díaz a 3 años de prisión y multa de 30 unidades fijas, dejó la pena en suspenso por 2 años con condiciones y ordenó el decomiso y destrucción de la sustancia.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (Fiscal General Dr. Carlos Adolfo Schaefer y Fiscal Auxiliar Dra. Tamara Ahimarà Pourcel).
- Demandado / Imputado: MARIO VALENTÍN IBÁÑEZ DÍAZ, D.N.I. N° 42.303.395.
- Objeto de la demanda: Infracción a la Ley 23.737 — transporte de estupefacientes (Cannabis sativa) en modalidad de encomienda, en grado de tentativa.
¿Qué se resolvió?
Se declaró formalmente admisible la solicitud de aplicación del Juicio Abreviado; se condenó a Mario Valentín Ibáñez Díaz a la pena de tres (3) años de prisión y multa de treinta (30) unidades fijas por el delito de “transporte de estupefacientes” (art. 5 inc. c Ley 23.737) en grado de tentativa; se dejó la pena en suspenso por dos (2) años con condiciones (fijar residencia y control por DECAEP, abstenerse de concurrir a lugares donde se expendan estupefacientes o bebidas alcohólicas, y no cometer nuevos delitos); se decomisaron los elementos secuestrados; se devolvieron efectos personales no sujetos a decomiso; se ordenó la destrucción por incineración de las muestras de la sustancia; se impusieron costas y se difirió la regulación de honorarios profesionales.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) “Que vienen estos autos a consideración del suscripto, celebrada como fue la audiencia prevista por el artículo 431 bis del C.P.P.N. … En el marco del acuerdo correspondiente ‘...MARIO VALENTIN IBAÑEZ DIAZ, admite y reconoce su participación en el hecho que se le atribuye, conforme las circunstancias de tiempo, modo y lugar que se describen en el requerimiento de elevación de la causa a juicio, concretamente haberse presentado el día 12 de marzo de 2025 en el local de despacho de encomiendas de la empresa "CORREO ARGENTINO" sito en calle José Ignacio Sierra 358, localidad de Metan, Provincia de Salta, a fin de retirar la encomienda transportada por “Correo Argentino” conteniendo la sustancia estupefaciente descripta, exhibiendo para ello el documento nacional de identidad de un tercero, a sabiendas de la naturaleza de la sustancia y de la ilicitud de su conducta...’.”
2) “Que, a raíz de la reacción del can detector de narcóticos ‘Sonic’ … al procederse a la apertura del paquete, se constató la existencia de una caja de cartón que contenía un envoltorio ... cuyo contenido, sometido a test orientativo de campo, arrojó resultado positivo para marihuana, con un peso total de cuatro mil novecientos ochenta (4.980) gramos. … observó a un individuo ... identificado como Mario Valentín IBAÑEZ DIAZ ... firmó el recibo correspondiente e inició su retiro del lugar, y al advertir la presencia del personal de la fuerza, emprendió la fuga ... siendo ... detenido ... quien en dicho contexto entregó voluntariamente un teléfono celular ... y el documento nacional de identidad perteneciente a Rosa Yamila Guevara…’.”
3) “En efecto, tanto el plexo probatorio conformado como los términos del propio acta en el que se plasmó el acuerdo entre las partes ... devienen suficientes para tener por acreditados los dos aspectos que conforman el injusto de referencia, -el objetivo y el interno o subjetivo.”
4) “Que, por otra parte, no corresponderá declarar la reincidencia, en virtud de que conforme surge del informe actualizado del Registro Nacional de Reincidencia de fecha 24 de septiembre de 2026 ... el imputado no posee antecedentes penales computables.”
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la parte resolutiva final es la decisión del Tribunal.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: