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GOMEZ NESTOR ROLENDIO C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

Demanda de fijación de honorarios extrajudiciales por actuaciones ante Comisiones Médicas por trabajador. El Tribunal hizo lugar respecto de los expedientes SRT N° 016553/20 y N° 228724/21 regulando 25 JUS a cargo de la demandada y rechazó la pretensión respecto del expediente N° 007572/22.

Honorarios Comisiones medicas Ley 14.967 Ley 27.348 Srt 25 jus Autoaseguradora provincia de buenos aires Regulacion extrajudicial Costas Expediente 007572/22 rechazado.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Dr. Néstor Rolendio Gómez. Demandado: Autoaseguradora de la Provincia de Buenos Aires
- Fiscalía de Estado (Gobernación de la Provincia de Buenos Aires). Objeto: Regulación de honorarios profesionales por actuaciones oficiosas/extrajudiciales realizadas ante la Comisión Médica N° 31 B (delegación San Nicolás) en los expedientes administrativos SRT N° 016553/20, N° 228724/21 y N° 007572/22, por la representación del trabajador Jorge Eduardo Benedetti en trámites por divergencia en determinación de incapacidad y rechazo de contingencia (Ley 27.348). Decisión: Se hizo lugar a la demanda respecto de los expedientes N° 016553/20 y N° 228724/21 y se reguló el total de VEINTICINCO (25) JUS arancelarios con adicional de ley, a cargo de la demandada; se rechazó la demanda respecto del expediente N° 007572/22 y se impusieron las costas conforme al dispositivo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal): "I.
- ANTECEDENTES: Se presentó, por derecho propio, el Dr. NESTOR ROLENDIO GOMEZ y, promovió formal demanda en procura de obtener la regulación de sus honorarios por las actuaciones profesionales cumplidas en los expedientes administrativos SRT N° 016553/20, N° 2287/24/21 y N° 007572/22 ... dando así cumplimiento al tránsito por las Comisiones Médicas, establecido por el artículo 1° de la Ley N° 27348, consecutivas y siguientes." "En síntesis, concluyo que el Sr. BENEDETTI, cumplió con la instancia administrativa dispuesta por el régimen de la ley 24557 y sus inferiores, con la asistencia letrada del aquí accionante, y que respecto de los espedientes administrativos N° 016553/20 y N° 228724/21 se configuraron los extremos que habilitan la regulación de los estipendios profesionales, en estricta aplicación de la ley 14.967." "Por lo cual, en estricta aplicación del citado artículo 37 de la Resolución 289/17, corresponde a este Tribunal regular los estipendios profesionales del actor, empleando los parámetros fijados por la ley 14967, artículo 44, inc. b, respecto del expediente administrativo N° 016553/20 y del logro parcial del expediente administrativo SRT N° 228724/21." "A consecuencia de lo anteriormente expuesto, de las pautas establecidas en los artículos 44 y 55 de la ley de Honorarios de Abogados y Procuradores (14.967)... al Dr. NESTOR ROLENDIO GOMEZ le corresponden QUINCE (15) JUS ARANCELARIOS y, por el expediente administrativo N° 228724/21 le corresponden DIEZ (10) JUS ARANCELARIOS, ambas con más su adicional de ley (arts. 44 y 55 de la ley 14.967), los que quedarán a cargo de la demandada." "Por otro lado, en cuanto a lo que respecta al expediente administrativo N° 007572/22 no encontrándose acreditado en autos que se hubiera reconocido total o parcialmente la pretensión reclamada por el damnificado (art. 37 Resol. 298/2017 SRT), corresponde afirmar que no se configuran los requisitos para proceder a la pretendida regulación de honorarios a cargo de la demandada ..." Bloque dispositivo final (decisión mayoritaria, texto literal): "Por lo expuesto en el Acuerdo que antecede, el Tribunal RESUELVE: --
- 1).
- Hacer lugar a la demanda incoada por el Dr. NESTOR ROLENDIO GOMEZ contra 'AUTOASEGURADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
- FISCALIA DE ESTADO', respecto de los expedientes administrativos N° 016553/20 y N° 228724/21. --
- 2).
- Regular sus honorarios profesionales ... en la suma equivalente a VEINTICINCO (25) JUS ARANCELARIOS con más su adicional de ley (arts. 44 y 55 de la ley 14.967), los que quedarán a cargo de la demandada. --
- 3).
- Imponer las costas a la demandada (art. 24 de la ley 15.057). --
- 4).
- Rechazar la demanda ... respecto del expediente administrativo N° 007572/22. --
- 5).
- Imponer las costas a la accionante (art. 24 de la ley 15.057)."

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