HERRERA MARIANO MARTIN C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
El Dr. Mariano Martín Herrera demandó para la fijación de honorarios extrajudiciales por su actuación en expediente administrativo N° 297708/25 por rechazo de contingencia AT/EP. El Tribunal hizo lugar a la demanda y reguló sus honorarios en DIECISIETE (17) JUS arancelarios más adicional e IVA, imponiendo las costas a Federación Patronal y intimando el pago de $19.908 por tasa de justicia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Dr. Mariano Martín Herrera, por derecho propio, como profesional que actuó en el expediente administrativo del trabajador.
Demandado: Federación Patronal Seguros S.A.
Objeto: Regulación de honorarios profesionales extrajudiciales por las actuaciones realizadas en el expediente administrativo N° 297708/25 (reclamo por rechazo de contingencia AT/EP — hipoacusia) tramitado ante la Comisión Médica N° 31 B, delegación San Nicolás.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se regularon los honorarios del Dr. Herrera en DIECISIETE (17) JUS arancelarios con su adicional de ley y más I.V.A., los cuales quedaron a cargo de Federación Patronal Seguros S.A.; costas por su orden; intimación de pago de $19.908 en concepto de tasa de justicia dentro de cinco días.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original):
"I.
- ANTECEDENTES:
Se presentó, por derecho propio, el Dr. MARIANO MARTIN HERRERA y promovió formal demanda en procura de obtener la regulación de sus honorarios por las actuaciones profesionales cumplidas en el expediente administrativo N° 297708/25, promovido con motivo de la 'RECHAZO DE CONTINGENCIA AT/EP', que tramitó por ante la Comisión Médica N° 31 B, delegación jurisdiccional local, contra 'FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.', por la representación ejercida en favor del trabajador Sr. ADOLFO DANIEL ROSSI..."
"II.
- ANTE LOS HECHOS:
El Sr. ADOLFO DANIEL ROSSI, patrocinado por el Dr. MARIANO MARTIN HERRERA, inició en fecha 18/06/2025 el expediente administrativo N° 297708/25... la Comisión Médica Jurisdiccional emitió el correspondiente dictamen con fecha 23/10/2025, aceptando la contingencia denunciada como enfermedad profesional... Seguidamente se procedió al archivo de las actuaciones (19/01/2026) una vez que adquirió firmeza dicho dictamen."
"III.
- FRENTE AL DERECHO:
El artículo 1° de la ley 27.348, establece expresamente que es obligatorio la intervención de un abogado patrocinante... Asimismo, el artículo 37 de la Resolución 298/17 de la SRT, dispone que la actuación oficiosa de los abogados patrocinantes de los trabajadores devengarán honorarios, los cuales se encuentran a cargo de las A.R.T.... Por lo cual, en estricta aplicación del citado artículo 37 de la Resolución 289/17, corresponde a este Tribunal regular los estipendios profesionales... a consecuencia de lo anteriormente expuesto... le corresponden DIECISIETE JUS ARANCELARIOS -17-, con más su adicional de ley (arts. 44 y 55 de la ley 14.967) más I.V.A.... los que quedarán a cargo de FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A."
Bloque dispositivo final (transcripción):
"Por lo expuesto en el Acuerdo que antecede, el Tribunal RESUELVE:
1).
- Hacer lugar a la demanda incoada por el Dr. MARIANO MARTIN HERRERA contra 'FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.'.
2).
- Regular sus honorarios profesionales... al Dr. MARIANO MARTIN HERRERA en la suma equivalente a DIECISIETE (17) JUS ARANCELARIOS con más su adicional de ley (arts. 44 y 55 de la ley 14.967) más I.V.A.... la que quedará a cargo de FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.
3).
- Las costas del proceso deben imponerse por su orden, atento que el allanamiento fue real, incondicionado y oportuno (art. 70 del C.P.C.C.).
4).
- Intimar a las partes para que dentro de los cinco días haga efectivo el pago de la suma de $ 19.908 en concepto de tasa de justicia..."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: