ALMEIDA CARLOS ALBERTO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
Acción de revisión por accidente de trabajo que reclama indemnizaciones por incapacidad parcial y permanente. El Tribunal hace lugar parcialmente: declara inconstitucional el DNU 669/2019 y normas aplicativas, condena a Provincia A.R.T. S.A. a pagar $126.428.460,03 por incapacidad laboral parcial y permanente, con actualización según RIPTE e interés del 3% anual.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Carlos Alberto Almeida, representado por apoderado, trabajador dependiente de Mondelez Argentina S.A.
Demandado: Provincia A.R.T. S.A., aseguradora de riesgos del trabajo de la empleadora.
Objeto: Acción de revisión de resolución de Comisión Médica Jurisdiccional; cobro de indemnizaciones por accidente de trabajo ocurrido el 10/11/2022 y accesorios, por incapacidad parcial y permanente (liquidación inicial reclamada $15.887.529,41).
Decisión: El Tribunal rechazó la excepción de incompetencia y rechazó otras inconstitucionalidades planteadas por la parte actora; declaró inconstitucional el DNU 669/2019 y la inaplicabilidad de las Resoluciones SSN 1039/2019 y 332/2023, así como de los arts. 7 y 10 de la Ley 23.928 y el art. 12 de la Ley 24.557 (texto según Ley 27.348). Hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a Provincia A.R.T. S.A. a pagar $126.428.460,03 dentro de los diez días, como prestación por incapacidad laboral parcial y permanente; impuso costas a la demandada y reguló actualización mediante coeficiente RIPTE y 3% anual de interés puro por mora.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del Tribunal):
1) Sobre la declaración de inconstitucionalidad del DNU y resoluciones:
"Por lo expuesto, adhiriendo tales fundamentos, corresponde declarar la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 669/2019. Asimismo, y atendiendo que las resoluciones Nro. 1039/2019 y Resolución 332/2023 dictadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) fueron en el marco de la función prevista por el DNU Nro. 669/2019, estas deben correr la misma suerte que la normativa que les diera causa."
2) Sobre la determinación de incapacidad y aplicación de baremo:
"…el perito arriba a las conclusiones citadas… que el demandante ALMEIDA CARLOS ALBERTO padece de una incapacidad psicofísica parcial y permanente del 18.65%… habiendo empleado el método de la capacidad restante, y teniendo en cuenta la preexistencia del 7.3%."
3) Sobre el cálculo y actualización del capital:
"Por lo que, finalmente, corresponde a la demandada pagar al actor la suma de Pesos Ciento veintiséis millones cuatrocientos veintiocho mil cuatrocientos sesenta con tres centavos ($126.428.460,03) en concepto de prestación por incapacidad laboral parcial y permanente."
"Consecuentemente, disponer a los fines del cálculo del valor del ingreso base… que dichos salarios mensuales tomados a fin de establecer mes a mes aplicándose la variación del índice Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE)… al capital de condena deberá actualizarse desde la fecha de la primera manifestación invalidante… según el coeficiente que surja de dividir el índice RIPTE a la fecha de la PMI y el último índice RIPTE publicado, y, sobre dicho resultado, corresponde, oportunamente, añadir un interés puro del 3% anual desde la fecha de la PMI y hasta el momento en que se practica la liquidación."
4) Sobre competencia y alcance de la revisión:
"…corresponde tener por asumida y aún consentida para las partes la habilitación de competencia en torno a las previsiones del art. 2 ley 15.057… delimitando tales antecedentes la suerte del planteo de inconstitucionalidad del art. 46 LRT… y que deberán debatirse todas las consecuencias que pudieran derivarse de la contingencia reclamada en autos… abarcando tanto el aspecto físico como el psíquico."
- Montos y fechas relevantes: siniestro 10/11/2022; incapacidad 18,65%; IBM calculado $757.318,80; liquidación preliminar según art. 27.348: $34.042.174,47; alternativa según inaplicabilidad normas: capital inicial $11.448.744,68; variación de índice +9,975 → suma actualizada $114.208.184,31; intereses $12.220.275,72; total condenado $126.428.460,03. Plazo de pago: diez (10) días.
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