Logo

( 31575 ) ENZETTI ULISES JUAN C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ FIJACION DE HONORARIOS

El letrado Ulises Enzetti promovió demanda por regulación de honorarios extrajudiciales por su actuación en expediente S.R.T. N° 297146/23. El Tribunal hizo lugar a la demanda y reguló honorarios en 52 jus por la labor administrativa y 7 jus por la actuación en este proceso, ordenando su pago a la Provincia de Buenos Aires con costas a la demandada.

Regulacion de honorarios Honorarios extrajudiciales Comision medica central Costas a la demandada Ley 27.348 Superintendencia de riesgos del trabajo (srt) Ley 14.967 (arancelaria provincial) Jus (valor $27.279 52 jus y 7 jus) Provincia de buenos aires (empleador autoasegurado) Pago y ejecucion (plazo 60 dias)

¿Qué se resolvió en el fallo?


- Quién demanda (Actor) Ulises Juan Enzetti, abogado, actuando en causa propia, promovió la presente accion.
- A quién se demanda (Demandado) Provincia de Buenos Aires, en su carácter de empleador autoasegurado Direccion General de Cultura y Educación de la Provincia de Bs. As.
- Qué se reclama (Objeto de la demanda) Regulación judicial de honorarios profesionales extrajudiciales por la actuación oficiosa del letrado en el expediente administrativo S.R.T. N° 297146/23 (Comisión Médica N° 382 de Ramos Mejía y Comisión Médica Central) por divergencia en la determinación de la incapacidad; y, subsidiariamente, impugnación de normas administrativas relativas a la fijación de honorarios.
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal) Se hace lugar a la demanda. Se regulan honorarios por la labor desempeñada en sede administrativa en la suma equivalente a 52 jus (más aportes de ley e IVA si correspondiere), que deberá abonar la Provincia de Buenos Aires como empleador autoasegurado; se intimó su pago en 60 días bajo apercibimiento de ejecución. Se regulan además honorarios por la actuación en el presente proceso por 7 jus. Se impusieron las costas a la demandada. El pedido de inconstitucionalidad quedó declarado de abstracto tratamiento. Voto y resolución unánimes (GROSSO, PIERAZZOLI y BUSETTI).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos y citas textuales más relevantes del fallo) "I
- ANTECEDENTES Con fecha dos de mayo de dos mil veinticuatro el doctor Ulises Juan Enzetti ( Tº XVI Fº 435 C.A.M. ), abogado actuando en causa propia, inicia formal demanda por regulación de honorarios extrajudiciales, contra la PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Ello, atento su actuación profesional en sede administrativa en su carácter de letrado patrocinante de la señora Silvina Verónica Saavedra en el marco del expediente administrativo de la S.R.T. nro. 297146/23 que tramitara por ante la Comisión Médica Nro. 382 de Ramos Mejía y la Comisión Médica Central." "De su lectura, puedo tener por acreditado que el doctor Ulises Juan Enzetti ... actuó profesionalmente como patrocinante de Saavedra en el expediente administrativo del que vengo hablando." "El día trece de marzo de dos mil veinticuatro la Comisión Médica Central emite dictamen en el que concluye textualmente: 'Contingencia definida al momento de dictaminar: Enfermedad Profesional ... la Comisión Médica Central entiende que amerita la ponderación de incapacidad laboral devenida de la contingencia ... fijando a la postre un 16.20% de Incapacidad Laboral Permanente Parcial Definitiva.'" "En ese orden de ideas, de la documentación aportada al proceso, se advierte que la actora tuvo injerencia profesional en sede administrativa, aportando todos los antecedentes laborales y médicos del siniestro en cuestión, coadyuvando al resultado final favorable para la trabajadora." "III
- DECISIÓN El único objeto de este juicio es la regulación de los honorarios profesionales del doctor Ulises Juan Enzetti ... por la labor extrajudicial que desempeñara ..." "Considero que no resulta discutible que la única norma que debe aplicarse a los efectos de regular los emolumentos del doctor Enzetti es la ley arancelaria local Nº 14.967." "En atención a los argumentos antes brindados, entiendo que corresponde hacer lugar a la demanda incoada... propicio regular los honorarios ... en la suma equivalente a 52 jus; honorarios que deberán ser abonados por la PROVINCIA DE BUENOS AIRES ... Ello, con más los aportes de ley e IVA, si correspondiere." Bloque dispositivo final: "RESUELVE I) HACER LUGAR A LA DEMANDA INTERPUESTA y consecuentemente con ello REGULAR LOS HONORARIOS ... en la suma equivalente a 52 jus; honorarios que ... deberá abonar la PROVINCIA DE BUENOS AIRES ... Ello, con más los aportes de ley e IVA, si correspondiere. ... V) REGULAR los honorarios ... en el equivalente a SIETE (7) JUS, ..." (Otras citas relevantes incluidas en el voto: referencia al pago percibido por la trabajadora y al valor del jus) "la señora Silvina Verónica Saavedra el 8 de abril de 2024 percibió la suma de 14.344.528,90" y "se hallaba vigente la Ac 4153/24 de la SCJBA que ... fijaba el valor del jus en pesos veintisiete mil doscientos setenta y nueve ($ 27.279)".
- Votos y mayoría Los tres integrantes del Tribunal (GROSSO, PIERAZZOLI y BUSETTI) adhieren al voto principal de la Dra. Alejandra Noemí Grosso. Resolución unánime.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar