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( 19028 ( RIVEROL GUZMÁN DIEGO OSCAR C/ PROVINCIA ART SA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

Acción de revisión por accidente in itinere contra la A.R.T. reclamando prestaciones dinerarias. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a la A.R.T. al pago de $30.475.370 por secuelas (incapacidad 26,65%), rechazando los planteos de inconstitucionalidad.

Riesgos del trabajo Accidente in itinere Ley 27.348 Ley 24.557 65% Decreto 1694/09 Procedencia de la demanda Indemnizacion dineraria Incapacidad 26 Desestimacion de inconstitucionalidad. Res. srt 39/26

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Diego Oscar Riverol Guzmán. Demandado: Provincia A.R.T. S.A. Objeto: Revisión de la resolución administrativa que calificó como no laboral el siniestro ocurrido el 1/4/2022 (accidente de tránsito "in itinere") y pago de prestaciones dinerarias por las secuelas incapacitantes. Decisión: El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a la A.R.T. a abonar al actor la suma de $30.475.370 dentro de los diez días, con regulación de costas y honorarios; desestimó los planteos de inconstitucionalidad respecto del régimen de riesgos del trabajo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del Tribunal): "En consecuencia, advierto la existencia de medios probatorios que permiten desvirtuar la postura de la demandada, teniendo para mí que el evento denunciado encuadra en las previsiones contenidas en el art. 6 inc. 1 de la ley 24.557, conforme las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se produjo dicho siniestro." "Adentrándonos a la faz psíquica y con sustento en el informe psicodiagnóstico del 17/3/2024 donde la Lic. Gizzi señala que 'el conjunto de las técnicas utilizadas permiten concluir que el Sr. DIEGO OSCAR RIVEROL GUZMAN presenta indicadores concurrentes y recurrentes de un Trastorno Adaptativo Crónico con Ansiedad en directa relación causal con el accidente que motiva la presente litis'. ... Total incapacidad psicofisica 26.65%." "Por lo antedicho, el cálculo es el siguiente: 53 x I.B.x Incapacidad x 65/Edad 53 x $ 445.774,28
- x 26,65% x 65/44 = $ 9.255.618,06.
- ... Dado el resultado al que se arriba y no obstante lo hasta aquí dispuesto; en el particular caso de autos, dada la naturaleza y significación de las minusvalías que aquejan al reclamante; ... entiendo corresponde tomar el piso mínimo garantizado por el régimen de riesgos del trabajo al presente, esto es la suma de $ 30.475.370.
- ($ 114.354.110 x 26,65%), conforme art. 2 res. S.R.T. 39/26; decreto 1694/09 y art. 8 ley 26.773.-" "Encontrándose el capital de condena debidamente actualizado de conformidad con las previsiones del art. 11 de la ley 27.348, no corresponde la aplicación de otros intereses."
- Votos y mayoría: El voto del Dr. Hernán Flavio Busetti contiene los fundamentos y la liquidación; las Dres. Alejandra Noemí Grosso y María Eugenia Pierazzoli adhieren. El dispositivo final consuma lo votado por la mayoría.

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