CARRERA DAVID C/ OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA y otro/a S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo y las partes celebraron una transacción para poner fin al juicio. El Tribunal homologó la transacción, impuso costas a la demandada y reguló honorarios y medidas para la efectivización de los pagos con instructivos bancarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Carrera David.
Demandado: Serena Aseguradora de Riesgos del Trabajo SAU (continuadora de Omint ART S.A.).
Objeto: Proceso por "ACCIDENTE DE TRABAJO
- ACCION ESPECIAL" (expediente N° 46560); las partes celebraron transacción para poner fin al juicio (Escrito del 15/9/26).
Decisión: El Tribunal homologó la transacción celebrada por las partes; impuso las costas a la demandada; reguló y cuantificó honorarios y peritos; ordenó requisitos para la efectivización de pagos (denuncia de cuenta bancaria por la actora, pautas para depósito/transferencia, justificación de comprobantes) y exigió el pago de tasa y sobretasa de justicia por parte de la demandada en $132.000 y $6.600 respectivamente.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.) y 'se ha alcanzado en la misma una justa composición de los derechos e intereses de las partes' (SCJBA., LP L 87983 S 26/12/2012, Carátula: 'Olivera, Carlos Alberto c/ Transportes Automotores La Plata S.A. s/ Despido')."
"Asimismo y teniendo en cuenta que la homologación es la confirmación que da el Juez a ciertos actos y convenciones para hacerlas así más 'firmes', 'ejecutivas', 'solemnes' (Escriche: Diccionario Enciclópedico Salvat t. VII) entiendo que corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el ESCRITO DEL 15/9/26 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas."
Texto del dispositivo (transcripción de los párrafos finales relevantes):
"VISTO el Acuerdo precedente el Tribunal RESUELVE:
1). Homologar la transacción celebrada por las partes por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el ESCRITO DEL 15/9/26 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas.
2). A los fines de efectivizarse los pagos pactados en concepto de capital, deberá la parte actora denunciar una cuenta bancaria de su exclusiva titularidad donde se efectuarán los pagos que correspondan a los importes reconocidos en autos. (art 277 inc a) según ley 27.802) ... a) Hasta tanto la actora no denuncie en autos los datos de su cuenta bancaria, el plazo para el pago del capital convenido se encuentra suspendido. b) Cumplido lo requerido precedentemente, la parte demandada deberá efectivizar los pagos de capital mediante depósito o transferencia directa en la cuenta bancaria denunciada por la parte actora, a excepción de los que pertenezcan a pacto de cuota litis. ... d) Cada operación bancaria ... deberá ser justificada en el expediente acompañando los comprobantes ... dentro de los cinco días de cumplidos a los efectos de la liberación del obligado al pago. e) ... los depósitos o transferencias a favor de la parte actora en concepto de CAPITAL deberán efectuarse consignando como CONCEPTO la opción 'HABERES' ... consignándose que se trata de un PAGO POR ORDEN JUDICIAL.
3). Imponer las costas a la parte demandada SERENA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SAU (continuadora de OMINT ART S.A) (art. 73 del C.P.C.C., 24, 25,89 ley 15057).
4). Regular los honorarios de los doctores SANTIAGO LEON SALIM, Y BRUNO SILVESTRI ... en la cantidad de 11,27 Jus a cada uno ... y de PATRICIO MATIAS PEREZ BERTANA ... en la cantidad de 22,54 Jus...
... Y los del perito médico RIPULLONE MARCELA CRISTINA en la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000 ). ...
6) Intimase a la demandada para que en el término de diez días abone la tasa y sobretasa de justicia en la suma de $ 132.000 y $. 6.600 respectivamente ..."
- Votos: Los tres jueces (Quezada, Hernández y Uriaguereca) votaron en igual sentido; el acuerdo final del Tribunal homologa la transacción conforme al voto propuesto (mayoría unánime).
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