BALLARIO OSCAR RUBEN C/ LA GOMERIA LAUQUEN S.R.L S/ DESPIDO
El actor demandó por despido reclamando indemnizaciones, regularización registral y distintos rubros salariales. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la demandada a pagar $177.194,45 (a actualizar) por SAC proporcional, sueldo proporcional, vacaciones no gozadas y Art. 80 LCT, rechazando la indemnización por despido y demás rubros.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Oscar Rubén Ballario, representado por Dr. Manuel Cejas.
Demandado: La Gomería Lauquen S.R.L., representada por Dr. Martín Andrés Ruiz y su socio-gerente Horacio Gabriel Mateos.
Objeto: Indemnizaciones por despido (sosteniendo despido sin causa), diferencias salariales, integraciones, sanciones, daño moral, entrega de documentación y demás rubros derivados de la extinción del vínculo laboral. Se cuestiona fecha de ingreso (actor sostiene 01/09/2017 vs. registros 01/11/2017), categoría laboral y la causal invocada por la empleadora (hurto).
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se condenó a la demandada a abonar $177.194,45 (SAC proporcional primer semestre 2020; sueldo proporcional junio 2020; vacaciones proporcionales no gozadas de 2020; Art. 80 LCT), actualizado según art. 55 inc. c) de la ley 27.802 desde el 04/06/2020. Se rechazaron: indemnización por despido, indemnización sustitutiva de preaviso, salario de mayo 2020, integración del mes de despido, incremento por DNU 34/19, arts. 9, 10 y 15 Ley 24.013, art. 2 Ley 25.323, art. 132 bis LCT, diferencias salariales y daño moral. Costas: a la demandada por los rubros que prosperan y al actor por los rechazados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"…Dicho hurto, sin perjuicio de haber sido negado por el actor tanto en el intercambio telegráfico como en el escrito de demanda, se encuentra acreditado principalmente de las constancias de la causa penal ofrecida por la demandada, la cual se encuentra agregada electrónicamente a las presentes … y de la cual surge que en fecha 23/02/2022 se dictó Sentencia por Juicio Abreviado y que el actor fue condenado por el Juzgado de en lo Correccional N° 2 Departamental, por el hurto cometido en perjuicio de la demandada, la cual en conjunto con otras causas arribó a la pena de cuatro meses de prisión con aplicación en suspenso."
"…los testigos Moya y principalmente Amoroso que depusieron en sendas audiencias por ante este Tribunal, dieron cuenta del hecho enrostrado al actor, como causal de despido, habiendo sido el primero quién presenció en el lugar de los hechos el momento en que Ballario sustrajo la cubierta del lugar de trabajo…"
"…Determinar la existencia -o no
- de injuria que justifique la extinción del contrato de trabajo, constituye una facultad reservada a los jueces de grado, y sus conclusiones no son revisables en la instancia extraordinaria, salvo que se demuestre la existencia de una apreciación absurda de los hechos y de las pruebas de la causa…"
"…En el presente caso, ha mediado un hecho -cuya comisión, reitero, ha quedado demostrada
- que la patronal consideró haber provocado el efecto de hacer perder la confianza que tenía en el trabajador; y en tales condiciones optó por despedirlo… Bastó con un solo proceder indebido, para que la confianza que había obtenido de su patronal, desaparezca por completo."
"En consecuencia, respecto al SAC proporcional del primer semestre de 2020 le corresponde percibir al accionante el monto de $22.799,27. En cuanto a lo reclamado bajo el rubro sueldo proporcional de junio de 2020, resulta acreedor de $6.079,81 … Respecto al pago de las vacaciones no gozadas -incluido el SAC
- las mismas deben ser indemnizadas … por la suma de $11.519,72 … La indemnización prevista por el Art. 80 de la LCT, procede por la suma de $136.795,65 … En suma, la presente acción prospera por el monto total de $ 177.194,45 …"
"…propongo al Acuerdo que el importe nominal de los rubros que se reconocen en autos sea actualizado tomando como herramienta para mantener la integridad del crédito, la metodología prevista por el inciso 'c' del artículo 55 de la ley 27.802."
- Voto y acuerdo: el voto que forma la propuesta lo emitió el Dr. Guillermo Hernán Pueblas y fue adherido por los Dres. Mauro Adrián Rodríguez y María Florencia Marchesi Matteazzi; el bloque dispositivo final del Tribunal confirma el fallo por mayoría.
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