MARTINEZ MARIA GABRIELA C/ AI SILVIA LILIANA S/ DESPIDO
La actora promovió demanda por despido y acordó una transacción con pago en seis cuotas por un total de $3.000.000. El Tribunal homologó la transacción, ordenó la forma de pago mediante depósito en la cuenta bancaria denunciada de la actora y puso las costas y honorarios a cargo de la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Martínez, María Gabriela.
Demandado: AI, Silvia Liliana.
Objeto: Reclamo por despido; el acuerdo comprende todos los rubros reclamados en la demanda.
Decisión: Homologó la transacción celebrada el 17/09/2026 por la que la demandada abonará a la actora la suma total de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000,00) en seis pagos; impuso las costas y reguló honorarios profesionales a cargo de la demandada; autorizó pago directo a la cuenta bancaria denunciada de la actora y ordenó se justifique el cumplimiento en autos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"Que las partes convienen que las costas del presente juicio serán soportadas por la parte demandada (arts. 73 del C.P.C. y C. y 24 y 89 ley 15.057, conf. Res. 1840/2024 SCBA)."
"Que la referida Transacción es una manifestación bilateral de voluntades que no afecta el orden público y que en tal caso se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes conforme lo dispone el art. 15 de la L.C.T.."
"Que atento a ello y lo prescripto por los Arts. 1.641; 1.643 y 1.644 del Código Civil y Comercial, con el alcance del art. 1.642 del citado código y art. 15 de la L.C.T., entiendo que, previo cumplimiento de lo dispuesto por el art. 20 de la ley 6716, debe hacerse lugar a la homologación solicitada, dando por concluido el juicio."
Del dispositivo (transcripción de la parte pertinente del acuerdo homologado):
"I-1.-Capital: Sin que el presente acuerdo implique reconocimiento de los hechos ni del derecho invocados por la accionante y con la sola finalidad conciliatoria a que las partes han arribado, la demandada Silvia Liliana Aí, abonará a el actor Martinez, Gabriela DNI 23.918.936 la suma total, única y definitiva de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000,00.=), suma que será abonada en SEIS (06) pagos, El primer pago por la suma de pesos QUINIENTOS MIL ($500.000) el que será realizado a los 5 días de haber sido notificada la homologación del presente acuerdo.
- Mientras que las CUOTAS DOS, TRES y CUATRO, CINCO Y SEIS serán IGUALES Y CONSECUTIVAS pagadera a los 30 días de abonada la primera cuota por la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000). El pago se realizará mediante GIRO BANCARIO, a la cuenta titularidad de la actora
- Sra. MARTINEZ, MARIA GABRIELA. DNI 23.918.936 cuyos datos son: CAJA DE AHORRO Nº 533847-6, CBU:0140324203678253384760, ALIAS: MALEFICA1974, SUC. 6782, BANCO PROVINCIA."
Del dispositivo (otras resoluciones relevantes):
"1º).
- HOMOLOGAR en cuanto hubiere lugar por derecho la TRANSACCION celebrada entre las partes que obra en escrito presentado en fecha 17/09/2026..."
"2º).
- Eximir a la parte obligada al pago del 50% del pago del sellado de actuación."
"3º).
- Imponer las costas a cargo de la demandada (Arts. 73 del C.P. C. y C.; 24 y 89 ley 15.057, conf. Res. 1840/2024 SCBA)."
"6°).
- El pago realizado de la forma indicada deberá ser justificado en el expediente mediante constancia adjunta que acredite su cumplimiento en el término de cinco (5) días de su cumplimiento. Se hace saber a las partes que todo pago que no cumpla con lo indicado será nulo de pleno derecho (art 277 LCT)."
- Votos: La Sra. Jueza Dra. María Clarisa Baldoni expuso y votó por la homologación; los Dres. Mauro Adrián Rodríguez y Roberto Martín Yannibelli adhirieron. El bloque dispositivo final confirma la homologación por mayoría.
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