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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LACA LABORATORIO DE COSMETICA AVANZADA S.R.L. S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal por deuda tributaria por $11.432.919,28 ordenada contra LACA Laboratorio de Cosmética Avanzada S.R.L. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado más intereses conforme al artículo 104 del Código Fiscal, e impuso las costas a la vencida.

Domicilio constituido Deuda fiscal Apremio Costas a la vencida Ejecucion provincial Fisco provincia de buenos aires Intereses art. 104 codigo fiscal 28 Laca laboratorio Monto $11.432.919 Interposicion demanda 17/12/25.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: LACA LABORATORIO DE COSMETICA AVANZADA S.R.L. Objeto: Ejecución provincial por capital reclamado de PESOS ONCE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($ 11.432.919,28), con intereses desde la interposición de la demanda (17/12/25) conforme art. 104 del Código Fiscal. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución: ordenar su continuación hasta el pago íntegro del capital reclamado más intereses; costas a la vencida; constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado por apercibimiento.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como aparecen en la sentencia): "Habiendo sido la demandada LACA LABORATORIO DE COSMETICA AVANZADA S.R.L. intimada de pago en el domicilio de Avda. Directorio Nº 455, PB, Dpto.'4' de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)." "1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada LACA LABORATORIO DE COSMETICA AVANZADA S.R.L. haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado de PESOS ONCE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($ 11.432.919,28). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 17/12/25
- y hasta su efectivo pago." "2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias)." "3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 30/12/26, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifíquese."

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