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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ FERREIRA SILVIA ADRIANA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial para obtener el pago de una deuda fiscal por $6.678.174,27. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago, aplicando intereses según el art. 104 del Código Fiscal y con costas a la vencida.

Ejecucion Apercibimiento Domicilio constituido Apremio provincial Costas a la vencida Ley 13.406 27 Fisco de la provincia de buenos aires Cpcc. Intereses art. 104 codigo fiscal Deuda fiscal $6.678.174

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Ferreira, Silvia Adriana. Objeto: Ejecución apremio provincial por el pago del capital reclamado de PESOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO CON VEINTISIETE CENTAVOS ($ 6.678.174,27), más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (10/06/26) hasta su efectivo pago. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución: ordenar su llevamiento hasta el pago íntegro de la suma reclamada, imponer las costas a la vencida y tener por constituido el domicilio procesal en los estrados del Juzgado por constatarse el apercibimiento y notificación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original): "Habiendo sido la demandada FERREIRA, SILVIA ADRIANA intimada de pago en el domicilio de calle Navarro Nº 3088, Piso 6°, Dpto.'A' de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.). Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada FERREIRA, SILVIA ADRIANA haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado de PESOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO CON VEINTISIETE CENTAVOS ($ 6.678.174,27). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 10/06/26
- y hasta su efectivo pago. 2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias). 3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 16/07/26, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifíquese."

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