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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MIERE PABLO JUAN S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución por apremio provincial reclamando $414.984,60 más intereses desde el 22/05/24. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución contra el demandado y aplica intereses según art. 104 del Código Fiscal; las costas se imponen a la vencida y se constituye domicilio procesal en los estrados del Juzgado.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Costas a la vencida Ley 13.406 Constitucion de domicilio procesal 549 68 Art. 104 codigo fiscal Fisco de la provincia de buenos aires 60 556) Cpcc (arts. 540 Intereses desde 22/05/24 Montos: $414.984

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: MIERE, PABLO JUAN. Objeto: Ejecución del capital reclamado por PESOS CUATROCIENTOS CATORCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON SESENTA CENTAVOS ($ 414.984,60) más intereses desde la interposición de la demanda (22/05/24) conforme art. 104 del Código Fiscal. Decisión: Se hace lugar a la ejecución; se ordena llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado pague íntegramente la suma reclamada con intereses conforme art. 104 del Código Fiscal; costas a la vencida; se difiere regulación de honorarios; y se constituye domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado por haber sido debidamente anoticiado del apercibimiento.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del tribunal): "Habiendo sido el demandado MIERE, PABLO JUAN intimado de pago en el domicilio de Avda. Alicia Moreau de Justo Nº 1848, Piso 3° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.). Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado MIERE, PABLO JUAN haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado de PESOS CUATROCIENTOS CATORCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON SESENTA CENTAVOS ($ 414.984,60). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 22/05/24
- y hasta su efectivo pago. 2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias). 3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 03/06/24, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifíquese."

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