Logo

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PAMPA MOTOR S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra PAMPA MOTOR S.A. por deuda fiscal por $296.576,10. El Tribunal ordenó ejecutar hasta el pago íntegro del capital reclamado más intereses conforme al artículo 104 del Código Fiscal y condenó en costas a la vencida.

Ejecucion Domicilio constituido Deuda fiscal Apremio provincial Costas a la vencida Ley 13.406 Fisco de la provincia de buenos aires Interes articulo 104 codigo fiscal Pampa motor s.a. Interposicion demanda 16/04/24

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: PAMPA MOTOR S.A. Objeto: Pago del capital reclamado por apremio provincial por PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS CON DIEZ CENTAVOS ($ 296.576,10), con intereses desde la interposición de la demanda (16/04/24) conforme artículo 104 del Código Fiscal. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada efectúe el pago íntegro del capital reclamado y se impusieron las costas a la vencida; se difirió la regulación de honorarios y se tuvo por constituido el domicilio de la demandada en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (textos extraídos de la sentencia; lenguaje original del tribunal): "Habiendo sido la demandada PAMPA MOTOR S.A. intimada de pago en el domicilio de calle Jorge Newbery Nº 3449 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.). Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada PAMPA MOTOR S.A. haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS CON DIEZ CENTAVOS ($ 296.576,10). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 16/04/24
- y hasta su efectivo pago. 2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias). 3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 29/04/24, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifíquese."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar