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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ A.F.S. AGRO S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución por apremio provincial para cobrar título ejecutivo contra A.F.S. AGRO S.A. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución sobre la suma reclamada ($2.662.297,60) más intereses, gastos y costas, y tuvo por constituido el domicilio de la ejecutada en el juzgado.

Ejecucion Domicilio constituido Intimacion de pago Apremio provincial 60 Fisco provincia de buenos aires Intereses codigo fiscal Costas y honorarios diferidos. Titulo ejecutivo n?1534954 A.f.s. agro s.a. $2.662.297

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: A.F.S. AGRO S.A. (CUIT N° 30-71556460-9). Objeto: Ejecución forzosa (trance y remate) por título ejecutivo N° 1534954, por la suma de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON SESENTA CENTAVOS ($2.662.297,60), más intereses previstos por el Código Fiscal, gastos y costas. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada abone íntegramente el capital reclamado más intereses, gastos y costas; se tuvo por constituido el domicilio de la ejecutada en los estrados del Juzgado; se difirió la regulación de honorarios; y se ordenó notificar a la demandada en los términos del art. 41 del CPCC.
- Fundamentos principales de la decisión (textos reproducidos del fallo): "Por recibido el mandamiento adjuntado en formato pdf. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 y ccs. del CPCC). Por ello, conforme lo peticionado y lo dispuesto por el art. 540 in fine del CPCC.," "FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada A.F.S. AGRO S.A. (CUIT N° 30-71556460-9) haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado por el ejecutante, que asciende a la suma de pesos DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON SESENTA CENTAVOS ($ 2.662.297,60), -conforme Título Ejecutivo Nro. 1534954-, con más los intereses previstos por el Código Fiscal (arts. 96, 104 y ccdtes. Ley 10.397, t.o. 2011) hasta la fecha de su total y efectivo pago, los gastos y las costas de la ejecución (art. 556 del CPCC)." "Se difiere la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14.967. Se tiene por constituído el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7 de la ley 13.406 y 41 del CPCC). Se deja constancia que la diligencia de intimación de pago se ha efectuado en el domicilio de la calle 23 N° 1134 de la ciudad de Balcarce (art. 14 Ac. 2514/92). REGISTRESE. NOTIFIQUESE a la parte demandada en los términos previstos por el art. 41 del CPCC (art. 11 inc. a, del Ac. 4039 de la SCBA)."

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