FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SELLARS ALAN EDGAR S/ APREMIO
El Fisco provincial promovió ejecución fiscal por apremio para cobrar obligaciones tributarias. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, declaró perdido el derecho de defensa por falta de oposición y ordenó remate y ejecución por la suma de $23.480.507,40 más intereses, con costas a cargo del ejecutado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Demandado: ALAN EDGAR SELLARS.
Objeto: Ejecución fiscal por deuda tributaria consignada en títulos ejecutivos; medida de trance y remate para obtener el pago del capital reclamado.
Decisión: Se declaró perdido el derecho de la parte demandada por no haber opuesto excepciones legítimas en término; se hizo lugar a la ejecución, ordenando continuar con la ejecución hasta que el ejecutado abone la suma de PESOS VEINTITRÉS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS SIETE CON CUARENTA CENTAVOS ($23.480.507,40) más intereses desde la interposición de la demanda y hasta el pago efectivo; costas a cargo del ejecutado; se difirió la regulación de honorarios de la Apoderada Fiscal y se consideró constituido domicilio en los estrados del juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal):
"I.
- Atento al estado de estas actuaciones, siendo que la parte demandada fue notificada en el domicilio fiscal constituído sito en calle Godoy Cruz N° 1735 de la ciudad de Baradero en la Provincia de Buenos Aires (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, texto según Ley 14.333) sin que haya opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido; procede darle por perdido el derecho dejado de usar y dictar este pronunciamiento (arts. 7, 9 Ley 13.406, 155 y 549 C.P.C.C.), el que para la parte ejecutada quedará notificado ministerio de ley en los estrados de este juzgado (art. 13 última parte de la ley 13.406)."
"II.
- Por ello, conforme con lo pedido, la deuda que resulta de los títulos ejecutivos base de este apremio, y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, texto ordenado año 2.011. FALLO: 1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Sr. ALAN EDGAR SELLARS, haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de PESOS VEINTITRÉS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS SIETE CON CUARENTA CENTAVOS ($23.480.507,40), con más sus intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397, texto ordenado año 2.011 y con costas a su cargo (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)."
"2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales de la Apoderada Fiscal, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (art. 51, Ley 14967)."
"3º) No habiendo la parte demandada, dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituído el domicilio en los estrados del juzgado (art. 13 última parte Ley 13.406)."
- Observaciones procesales relevantes: Se practicó notificación en domicilio fiscal (Godoy Cruz N° 1735, Baradero). Al no haberse opuesto excepciones en término, se aplicó la figura de pérdida del derecho de defensa prevista en las normas citadas y se ordenó notificar por ministerio de ley en los estrados.
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