FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MELARAGNA SAUL CRISTIAN S/ APREMIO
El Fisco provincial promovió ejecución fiscal y solicitud de remate por deuda tributaria. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó llevar adelante la causa de trance y remate hasta obtener el pago de $926.127,10 más intereses y costas, y declaró constituido el domicilio en los estrados por incumplimiento de notificaciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Demandado: Sr. SAUL CRISTIAN MELARAGNA.
Objeto: Ejecución fiscal por deuda derivada de título ejecutivo tributario y remate forzoso para el cobro del capital reclamado.
Decisión: Se hizo lugar a la ejecución y se ordenó continuar la causa de trance y remate hasta que el ejecutado abone íntegramente la suma de PESOS NOVECIENTOS VEINTISEIS MIL CIENTO VEINTISIETE CON DIEZ CENTAVOS ($926.127,10) más intereses desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago; las costas corren a cargo del ejecutado. Se difirió la regulación de honorarios del Apoderado Fiscal hasta contar con liquidación firme. Se tuvo por constituido el domicilio del demandado en los estrados del juzgado por no haber cumplido con las notificaciones legales.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"I.
- Atento al estado de estas actuaciones, siendo que la parte demandada fue notificada en el domicilio fiscal constituído sito en calle Manuel Belgrano N° 531 de la ciudad de Ramallo en la Provincia de Buenos Aires (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, texto según Ley 14.333) sin que haya opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido; procede darle por perdido el derecho dejado de usar y dictar este pronunciamiento (arts. 7, 9 Ley 13.406, 155 y 549 C.P.C.C.), el que para la parte ejecutada quedará notificado ministerio de ley en los estrados de este juzgado (art. 13 última parte de la ley 13.406)."
"II.
- Por ello, conforme con lo pedido, la deuda que resulta del título ejecutivo base de este apremio, y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, texto ordenado año 2.011.-"
"FALLO: 1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Sr. SAUL CRISTIAN MELARAGNA haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de PESOS NOVECIENTOS VEINTISEIS MIL CIENTO VEINTISIETE CON DIEZ CENTAVOS ($926.127,10), con más sus intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397, texto ordenado año 2.011 y con costas a su cargo (arts. 68 y 556 C.P.C.C.).-"
"2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Apoderado Fiscal, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (art. 51, Ley 14967)."
"3º) No habiendo la parte demandada, dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituído el domicilio en los estrados del juzgado (art. 13 última parte Ley 13.406)."
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