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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MORALES NOEMI ZULMA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial reclamando el pago de $1.951.623,70 más intereses. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta obtener el íntegro pago del capital reclamado con intereses desde la interposición de la demanda y condenó en costas a la demandada.

Costas Ejecucion fiscal Embargo Domicilio constituido Apremio provincial Trance y remate 70 Fisco provincia de buenos aires Intereses art.104 codigo fiscal Monto $1.951.623 Demanda 18/08/2026.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Morales Noemí Zulma. Objeto: Ejecución (apremio provincial) para el cobro del capital reclamado de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTITRES CON 70/100 ($1.951.623,70) más los intereses previstos por el art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (18/08/2026) hasta su efectivo pago; además traba de embargo (constancia remitida por el Registro de la Propiedad Automotor). Decisión: Se hace lugar a la ejecución; se manda llevar adelante la ejecución y remate hasta tanto la demandada haga íntegro pago del capital reclamado con interés según art. 104 del Código Fiscal; se imponen las costas a la demandada y se tiene por constituido el domicilio procesal en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes en lenguaje original del Tribunal): "AUTOS Y VISTOS: Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406). Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dispuesto por los arts. 1, 7, 10, 13 y 25 de la Ley 13.406. FALLO: 1) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto MORALES NOEMI ZULMA haga al acreedor Fisco de la Provincia de Buenos Aires, íntegro pago del capital reclamado de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTITRES CON 70/100 ($1.951.623,70), al que se le aplicarán los intereses establecidos y en la forma determinada por el art. 104 del Código Fiscal (Ley 10.397, t.o. Res. 39/11), desde la interposición de la demanda (18/08/2026) y hasta su efectivo pago. 2) Imponiendo las costas a la parte demandada, atento su carácter de vencida (arts. 68 y 556 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406), difiriendo la regulación de honorarios (art. 51 Ley 14967). 3) Tiénese por constituído en los estrados del Juzgado el domicilio procesal de la parte demandada (arts. 7, 13 última parte de la Ley 13.406; y 41 del C.P.C.C.)." (Se incorpora además: "Por recibida, agréguese la constancia de traba de embargo remitida por el Registro de la Propiedad Automotor de la Provincia de Buenos Aires y hágase saber." – oficio del Registro de la Propiedad Automotor de la PBA.)

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