SILVA MONICA ADRIANA C/ INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (IPS) S/ AMPARO POR MORA
Amparo por mora para obtención de resolución administrativa sobre jubilación. El Tribunal hizo lugar al amparo y ordenó librar orden de pronto despacho para que el IPS concluya el procedimiento y dicte la resolución en el plazo de 60 días por considerarse acreditada la morosidad administrativa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Mónica Adriana Silva, con patrocinio de la Dra. María Natalia Destéfano.
Demandado: Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
Objeto: Amparo por mora — solicitud de pronta resolución del expediente administrativo n.º 021557-434835-18 relativo a su beneficio jubilatorio, iniciado a fines de 2017 y tramitado desde 2018; pedido de pronto despacho presentado el 11/2/2025 sin respuesta.
Decisión: Se hizo lugar al amparo por mora y se libró orden de pronto despacho para que el IPS concluya el trámite administrativo y dicte la resolución pertinente dentro de 60 días. Costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes del fallo):
"El proceso especial instituido en el artículo 76 del CCA, persigue como objetivo principal y excluyente hacer cesar la omisión en que hubiera incurrido determinada autoridad pública en el dictado de resoluciones o en la ejecución de actos de trámite o preparatorios gestionados por parte interesada."
"El amparo por mora regulado en el artículo 76 del Código Procesal Contencioso Administrativo tiene por objeto la obtención de una orden judicial de pronto despacho cuando se hubiera comprobado en la causa la morosidad administrativa; ello no importa constreñir a la Administración a pronunciarse en determinado sentido..."
"El reclamo de la actora consiste en que la accionada aún no ha dictado una resolución definitiva en el expediente administrativo n° 021557-434835-18. ...Esta situación habilita por sí sola a la parte interesada para requerir el amparo jurisdiccional... A mayor abundamiento, destaco que la accionante formuló pedido de pronto despacho el 11 de febrero de 2025 sin obtener respuesta alguna por parte del organismo demandado..."
"Por lo expuesto en los considerandos precedentes y normativa citada, FALLO: I.
- Haciendo lugar a esta causa seguida por Mónica Adriana Silva contra el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires por Amparo por Mora. II.
- Líbrese orden de pronto despacho para que dentro del plazo de sesenta (60) días, la demandada concluya el procedimiento administrativo y dicte la resolución pertinente en el marco del expediente administrativo n° 021557-434835-18. III.
- Costas a la vencida (art. 51 del CCA, modif. por Ley 14.437)..."
(No se consignan votos en disidencia ni otros fundamentos contradictorios en el texto remitido.)
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