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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MARTINEZ EMILIANO NAHUEL S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal por apremio provincial contra Emiliano Nahuel Martínez por deuda tributaria. El Tribunal dictó sentencia de trance y remate ordenando continuar la ejecución hasta el pago íntegro de $883.323,10 más intereses, constituyendo domicilio de la parte ejecutada en los estrados e imponiendo costas al vencido.

Sentencia de trance y remate Ejecucion fiscal Domicilio constituido Apremio provincial Costas al vencido Ley 13.406 10 Fisco de la provincia de buenos aires Cpcc. Intereses art. 104 codigo fiscal Deuda $883.323

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: EMILIANO NAHUEL MARTINEZ. Objeto: Ejecución fiscal por apremio provincial para cobrar capital reclamado de $883.323,10 (más intereses según art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su pago). Decisión: Se tuvo por constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado; se dictó sentencia de trance y remate mandando llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado ($883.323,10) con aplicación de intereses; se impusieron las costas al vencido y se diferirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literalmente del fallo): "El demandado EMILIANO NAHUEL MARTINEZ, cuya intimación de pago y de constitución de domicilio fue realizada en el domicilio Fiscal: Calle ALMAFUERTE
- Nro. 3124
- CP. 8000
- Loc. BAHIA BLANCA (ver mandamiento adjuntado digitalmente), no ha opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido. Dásele por perdido, en consecuencia, el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC)." "1) Tener por constituido el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7, Ley 13.406 y 41 del CPCC)." "2) Dictar sentencia de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado EMILIANO NAHUEL MARTINEZ haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado de Pesos OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS VEINTITRES CON 10/100 ($883.323,10). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (TO Resolución 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda y hasta su efectivo pago." "3) Imponer las costas al vencido (arts. 25, Ley 13.406 y 556, CPCC) y diferir la regulación de honorarios para su oportunidad."

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