OVIEDO DERLIS RAMÓN S/ SUCESION AB-INTESTATO
El actor promovió trámite de sucesión intestada solicitando la declaración de su hijo como heredero universal. El Tribunal declaró que, por fallecimiento de Derlis Ramón OVIEDO (30/05/2026), le sucede en carácter de heredero universal su hijo Dylan Ezequiel OVIEDO GONZALEZ, fundado en las constancias de filiación y la publicación de edictos con resultado negativo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Dylan Ezequiel OVIEDO GONZALEZ (solicitante del trámite).
Demandado: No hay demandado; trámite de sucesión intestada.
Objeto: Se solicita la declaración judicial de sucesión ab-intestato y la designación de heredero universal por muerte de Derlis Ramón OVIEDO.
Decisión: Se declaró que por el fallecimiento de Derlis Ramón OVIEDO le sucede en carácter de heredero universal su hijo Dylan Ezequiel OVIEDO GONZALEZ.
Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"1º) Que con el certificado acompañado al escrito liminar se acredita la defunción de Derlis Ramón OVIEDO, ocurrida el 30 de mayo de 2026.-
2º) Que el causante al momento de su fallecimiento era de estado civil soletero.
3°) Que de la unión del causante con Eliza Ramona GONZALEZ ZAYAS nació Dylan Ezequiel OVIEDO GONZALEZ el día 10 de septiembre de 2010 (ver certificado acompañado al escrito de inicio).-
4º) Que con los diarios y recibos agregados en autos consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2º del CPCC., sobre cuyo resultado negativo informa el Sr. Actuario en este acto.-
Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 2424, 2426, 2427, 2428 y c. c. del Código Civil y Comercial de la Nación (aprobado por Ley 26.994) y arts. 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de Derlis Ramón OVIEDO le sucede en carácter de universal heredero su hijo Dylan Ezequiel OVIEDO GONZALEZ.-"
Otras constancias procesales relevantes:
- Se agregaron y tuvieron presentados la publicación de edictos; el Sr. Actuario informó resultado negativo.
- La presente se notifica electrónicamente conforme art. 10 de la Acordada Nro. 4039/2021
- SCBA.
- Firmado digitalmente en la ciudad de Morón, Provincia de Buenos Aires.
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