CHAMIE JOSE S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se solicitó la declaratoria de herederos en la sucesión ab-intestato de José Chamie. El Tribunal declaró herederos a las hijas Estela Raquel, Patricia Sandra y Vanesa Andrea CHAMIE, y a la cónyuge Nélida Clotilde MARTÍN, en los términos del Código Civil y Comercial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Autos caratulados "CHAMIE JOSE S/ SUCESION AB-INTESTATO"; actuación impulsada con intervención del Ministerio Público Fiscal (Peticionario: Martín Darío Capra, Auxiliar Letrado).
Demandado: No figura un demandado identificado; se tramita la declaratoria de herederos.
Objeto: Se pidió la declaratoria de herederos por fallecimiento de JOSE CHAMIE.
Decisión: Se declaró heredera a la esposa y a las tres hijas del causante; cesó la intervención del Agente Fiscal y ordenó su registro.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"RESULTA:
a) Que con la documentación que se adjunta digitalmente a la presente, se acredita el fallecimiento de JOSE CHAMIE, ocurrido el día 17 de enero del año 2015 en esta ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires.-
b) Que con la documentación que se adjunta digitalmente a la presente, se acredita el matrimonio del causante con Nélida Clotilde MARTÍN, celebrado el día 21 de mayo de 1959 en la Ciudad de General San Martín, provincia de Buenos Aires.
c) Que con la documentación que se adjunta digitalmente a la presente, se acredita el nacimiento de las hijas del matrimonio: Estela Raquel CHAMIE ocurrido el día 8 de enero de 1960 en la Ciudad de Buens Aires, Patricia Sandra CHAMIE en fecha 2 de enero de 1963 en la ciudad de General San Martín, y Vanesa Andrea CHAMIE en fecha 5 de octubre de 1974 en Ramos Mejía."
"Y CONSIDERANDO:
I) Que con la documentación que se adjunta digitalmente a la presente, se acredita haber efectuado la publicación de edictos ordenada en autos según lo previsto por el art. 734 inciso 2do. del C.P.C..
II) Que el plazo resultante de tal publicación se encuentra vencido, según lo certificara la Actuaria.
III) Que con las presentaciones de fechas 16/12/2025 y 15/05/2026 obran los oficios debidamente informados por el Registro de Juicios Universales y Registro de Testamentos.-"
"Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal mediante dictamen en proveimiento y lo dispuesto en los arts. 2.426 y 2.433 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C. DECLARO:
1) Que en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, por el fallecimiento de Jose CHAMIE, lo suceden en carácter de herederos sus hijas: Estela Raquel CHAMIE, Patricia Sandra CHAMIE, y Vanesa Andrea CHAMIE y su cónyuge Nélida Clotilde MARTÍN; este último en cuanto a los bienes propios se refiere y si los hubiere y sin perjuicio de los derechos que la ley le otorga sobre los gananciales.
2) Cése la intervención del señor Agente Fiscal.
3) REGISTRESE."
- Votos/diferencias: No se registran votos ni disidencias; se trata de resolución de primera instancia dictada por el Juzgado.
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