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ESPINOSA GUILLERMO S/ SUCESION AB-INTESTATO

El actor promovió trámite sucesorio ab-intestato por el fallecimiento de Guillermo Espinosa, solicitando la declaración de herederos. El Tribunal declaró heredero universal a la cónyuge OLinda Luisa Marchioni y a los hijos Alberto Espinosa y Guillermo Juan Espinosa, haciendo lugar a lo solicitado y ordenando su registro y notificación.

Hijos Declaracion de herederos Notificacion electronica Conyuge sobreviviente Sucesion ab-intestato Certificado de defuncion 2424 2426 2337 737 2433) Cpcc (arts. 735 Codigo civil y comercial (arts. 7 Art. 116) Edictos (art. 2340) Registro observacion: no se consigno el nombre del juez ni monto alguno en la resolucion analizada.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: El escrito fue presentado por D. H. (solicitante del trámite sucesorio). Demandado: No consta demandado en autos; se tramita sucesión ab-intestato. Objeto: Declaración de herederos por fallecimiento de GUILLERMO ESPINOSA (sucesión ab-intestato). Decisión: Se declara, conforme lo solicitado y la normativa citada, que por fallecimiento de GUILLERMO ESPINOSA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos y su cónyuge; se ordena registro y notificación electrónica.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "1º) Que con el certificado de defunción adjunto el 10/12/2025 se acredita el fallecimiento de GUILLERMO ESPINOSA ocurrido el día 1/10/1997.- 2º) Que éste era de estado civil casado en sus primeras nupcias con OLINDA LUISA MARCHIONI, el día 14/01/1954 -ver certificado de matrimonio adjunto el 17/4/2026-.- 3º) Que de esa unión nacieron: Alberto ESPINOSA (2/5/1959) y Guillermo Juan ESPINOSA (1/10/1954) -ver certificados de nacimientos adjuntos el 2/3/2026 y 17/4/2026-.- 4º) Que con fecha 6/7/2026 se ha efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 2340 del Código Civil y Comercial, sobre cuyo resultado negativo informa la Actuaria en este acto (art. 116 del CPCC) y que se puede constatar a través del link: https://boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/14262/ver#page=64 Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 7, 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de GUILLERMO ESPINOSA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: Alberto ESPINOSA Y MARCHIONI y Guillermo Juan ESPINOSA Y MARCHIONI y su cónyuge: OLINDA LUISA MARCHIONI, a quien también se la declara heredar en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. REGISTRESE.- Para que los herederos declarados cuenten con una copia de la presente resolución, cuya firma digital puede ser verificada accediendo mediante el código QR, notifico la misma al domicilio electrónico constituido en este expediente por las partes 27262480300@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR Se deja constancia que la misma carece de todo valor a los fines de la inscripción, cesión y/o transmisión de bienes y derechos, como así también que carece de valor para el cobro de suma alguna de dinero."
- Votos en disidencia: No constan votos ni expresión de disidencia en el texto provisto.

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