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ARGUELLO RICARDO PASTOR S/ SUCESION AB-INTESTATO

Sucesión ab-intestato de Ricardo Pastor Argüello: se declara que sus cinco hijos son herederos universales. El Tribunal declara acreditado el fallecimiento ocurrido el 10/08/2022, verifica la publicación de edictos y, por aplicación de los arts. 2424 y 2426 del CCCN y 735 y 737 del CPCC, reconoce la sucesión en favor de JESÚS RICARDO NAHUEL ARGÜELLO Y CABRAL; MATIAS EZEQUIEL ARGÜELLO Y CABRAL; SOLANGE DENISSE ANAHI ARGÜELLO Y CABRAL; RUTH NOEMI ELISABET ARGÜELLO Y CABRAL; y BENJAMIN ELIAS SAMUEL ARGÜELLO Y CABRAL.

Hijos Declaracion de herederos Ministerio fiscal Sucesion ab-intestato Edictos Art. 2424 cccn Registro de sentencias. Art. 2426 cccn Art. 735 cpcc Fallecimiento 10/08/2022

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: No individualizado en el extracto. Demandado: No corresponde/demandado no identificado (causa sucesoria). Objeto: Declaración de herederos por fallecimiento de RICARDO PASTOR ARGUELLO (sucesión ab-intestato). Decisión: Se declara, en cuanto ha lugar y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de RICARDO PASTOR ARGUELLO (DNI 10.329.491, fallecido el 10/08/2022) le suceden en carácter de herederos universales sus hijos: JESÚS RICARDO NAHUEL ARGÜELLO Y CABRAL; MATIAS EZEQUIEL ARGÜELLO Y CABRAL; SOLANGE DENISSE ANAHI ARGÜELLO Y CABRAL; RUTH NOEMI ELISABET ARGÜELLO Y CABRAL; y BENJAMIN ELIAS SAMUEL ARGÜELLO Y CABRAL. Cése la intervención del Ministerio Fiscal. Regístrese. Notifíquese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "I) De conformidad con lo pedido, y lo dispuesto por el art. 384 del ritual, al sólo efecto de este sucesorio tiénese por acreditado que 'RICARDO PASTOR ARGUELLO y/o RICARDO PASTOR ARGÜELLO', era en todos los casos una misma y única persona. II) Que con el certificado de defunción acompañado en DEMANDA
- SE PRESENTA (267900597023896799) se acredita el fallecimiento de RICARDO PASTOR ARGUELLO
- DNI 10.329.491 -, ocurrido el día 10 de Agosto de 2022. III) Que el causante era de estado civil soltero (DEMANDA
- SE PRESENTA (267900597023896799). IV) Que de su unión con Gladis Cristina Cabral nacieron: JESÚS RICARDO NAHUEL, con fecha 13 de Abril de 1983; MATIAS EZEQUIEL, con fecha 10 de Mayo de 1987; SOLANGE DENISSE ANAHI, con fecha 28 de Noviembre de 1990; RUTH NOEMI ELISABET, con fecha 24 de Enero de 1996; y BENJAMIN ELIAS SAMUEL, con fecha 27 de Febrero de 2000 (DEMANDA
- SE PRESENTA (267900597023896799). V) Que con los diarios y recibos agregados en autos -D. H.
- SOLICITA SE DICTE (245700597026162764)
- consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC. Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. 2424 y 2426 del CCCN, y 735, 737 del CPCC se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de RICARDO PASTOR ARGUELLO
- DNI 10.329.491
- le suceden en carácter de universales herederos sus hijos JESÚS RICARDO NAHUEL ARGÜELLO Y CABRAL, MATIAS EZEQUIEL ARGÜELLO Y CABRAL, SOLANGE DENISSE ANAHI ARGÜELLO Y CABRAL, RUTH NOEMI ELISABET ARGÜELLO Y CABRAL, y BENJAMIN ELIAS SAMUEL ARGÜELLO Y CABRAL. Cése la intervención del Ministerio Fiscal. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE..."
- No se consignan votos en disidencia en el extracto.

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