ENRIQUEZ WALTER ATILIO C/ DE LA FUENTE MONICA RITA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor promovió demanda por indemnización de daños y perjuicios derivados de un siniestro de tránsito ocurrido el 30/06/2020; reclamó incapacidad, daño moral y gastos. El Tribunal hizo lugar a la demanda contra la conductora Mónica De La Fuente y su aseguradora Provincia Seguros S.A., condenando al pago de $45.500.000 más intereses y costas, con la cobertura de la aseguradora limitada a los términos del contrato.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Quién demanda (Actor)
Walter Atilio Enríquez.
- A quién se demanda (Demandado)
Mónica Rita De La Fuente; Provincia Seguros S.A. citada en garantía.
- Qué se reclama (Objeto de la demanda)
Indemnización de daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 30/06/2020, con petición de citación en garantía de la aseguradora.
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal)
Se hizo lugar a la demanda. Se condenó a Mónica Rita De La Fuente y a Provincia Seguros S.A. (citada en garantía) a abonar, dentro de los límites de la póliza, la suma total de $45.500.000 más intereses desde la fecha del hecho (30/06/2020) hasta el pronunciamiento y luego tasa pasiva del Banco Provincia hasta el efectivo pago; se impusieron las costas a la demandada y a la citada en garantía.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes):
"Con lo expuesto, tengo por acreditada la ocurrencia del hecho, los daños y la relación causal (arts. 375 y 384 del C.P.C.C.
- arts.1723, 1744 y ccds. del Código Civil y Comercial). Por su parte, la demandada, no comparece a estar a derecho, actitud procesal que importa tener por reconocidos los hechos narrados por la parte actora en el escrito de demanda y por auténtica la documental anexada con la misma (arts. 59, 60, 354 del C.P.C.C.)."
"Por consiguiente, considero justo admitir la presente demanda por daños y perjuicios articulada por Walter Atilio Enríquez contra Mónica Rita de la Fuente, lo que así resuelvo (arts.163, 375, 384 y 474 del C.P.C.C.; arts.1716, 1717, 1723, 1725, 1726, 1734, 1737, 1738, 1739, 1740, 1744 y siguientes del Código Civil y Comercial)."
"Por consiguiente, resultando oponible el límite de cobertura planteado por la citada Provincia Seguros S.A., conforme la ley 17.418, considero justo que la condena sea en los términos y límites establecidos en el contrato de seguro, salvo en lo que respecta al límite de la garantía que es oponible a las víctimas; que se fija en la cobertura básica actualmente vigente por responsabilidad civil hacia terceros ..., lo que así habré de Resolver (arts. 61, 109, 118 y concordantes de la ley 17.418 y art. 375 del C.P.C.C.)."
(Del dispositivo)
"I) Hacer lugar a la demanda por indemnización de daños y perjuicios promovida por Walter Atilio Enriquez contra Mónica Rita De La Fuente;
II) En consecuencia, condeno al demandado y a su aseguradora, Provincia Seguros S.A. citada en garantía (art.118 de la ley 17.418), esta última en los términos y límites del contrato de seguro, a fin de que en el término de diez días de quedar firme o ejecutoriada ésta sentencia, abonen a la accionante la suma total de pesos cuarenta y cinco millones quinientos mil ($ 45.500.000), por los conceptos concedidos en el considerando IV, con más sus intereses calculados en la forma establecida en el considerando V, del presente pronunciamiento;
III) Imponer las costas del proceso a la parte demandada y a la citada en garantía, difiriendo las regulaciones de honorarios para la etapa prevista por el art.51 de la ley vigente."
- Citas textuales relevantes ya incluidas arriba (reconocimiento por incomparecencia, acreditación del nexo causal e invocación de la oponibilidad del límite de cobertura conforme ley 17.418).
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