ACCIARDI HUMBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se solicitó la declaración de herederos por fallecimiento de Humberto Acciardi. El Tribunal declaró que le suceden como herederos sus hijos Stella Maris, Ana María, Luis Emilio y Osvaldo Ariel Acciardi y su cónyuge Marta Perez, precisando la sucesión de ésta última respecto de bienes propios y sus derechos sobre los gananciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: interesados en la sucesión (identificados en el auto como Stella Maris, Ana María, Luis Emilio, Osvaldo Ariel Acciardi y Marta Perez).
Demandado: el causante Humberto Acciardi (fallecido).
Objeto: declaración de herederos por fallecimiento del causante (sucesión ab-intestato).
Decisión: Se hizo lugar a la declaración de herederos, reconociendo como tales a los hijos y al cónyuge conforme se expresa en el dispositivo.
- Fundamentos principales de la decisión (texto transcripto tal como obra en la sentencia):
PRIMERO: Con las partidas y certificados adjuntos al trámite del día 09/04/2026 el fallecimiento de Humberto Acciardi, ocurrido el 23 de noviembre de 2018 en el partido de Morón, provincia de Buenos Aires.
SEGUNDO: Con las partidas y certificados adjuntas al trámite del día 09/04/2026 y del día 01/05/2026: A) el matrimonio del nombrado causante y Marta Perez, acto celebrado el día 7 de diciembre de 1961 en Merlo, provincia de Buenos Aires; B) el nacimiento y filiación de los hijos habidos de dicha unión: Stella Maris, nacida el día 15 de junio de 1964; Ana María, nacida el día 5 de mayo de 1965; Luis Emilio, nacido el día 23 de junio de 1967; y Osvaldo Ariel, nacido el día 2 de abril de 1970.
Por ello, lo solicitado, lo dictaminado por el Ministerio Público interviniente y en orden a lo dispuesto por los arts. 3545, 3565 del Código Civil, y 7 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del C.P.C.C., RESUELVO: declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de Humberto Acciardi, le suceden en carácter de herederos sus hijos Stella Maris, Ana María, Luis Emilio, y Osvaldo Ariel ACCIARDI y PEREZ y su cónyuge Marta PEREZ, esta última en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda sobre los gananciales. Oportunamente dese testimonio de este auto. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE.
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