MUNICIPALIDAD DE MORENO C/ CAMARA OSVALDO ESTEBAN Y OTRO/A S/ APREMIO
La Municipalidad de Moreno promovió ejecución por apremio para el cobro de tasas, multas y costas por un monto principal de $7.047.600. El Tribunal hizo lugar a la ejecución por apremio, mandó su práctica hasta el íntegro pago, impuso las costas al demandado y constituyó domicilio procesal en los estrados del juzgado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MUNICIPALIDAD DE MORENO.
Demandado: OSVALDO ESTEBAN CAMARA.
Objeto: Cobro ejecutivo por TASA POR MULTAS CONTRAVENCIONES (Sentencia Municipal N° 140.330/2024 Causa N° 98736-98512) por el capital reclamado de PESOS SIETE MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS ($7.047.600) más intereses conforme ordenanzas municipales vigentes; se menciona certificado original de deuda agregado al escrito de demanda.
Decisión: Se ordenó la ejecución por vía de apremio hasta tanto el demandado haga el íntegro pago del capital reclamado con los intereses correspondientes; se impusieron las costas al vencido; se difirió la regulación de honorarios; y se tuvo por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Que se inicia la presente demanda reclamando el cobro de TASA POR MULTAS CONTRAVENCIONES (SENTENCIA, COSTAS VARIOS, PROTECCIÓN, SALUD (Sentencia Municipal N° 140.330/2024 Causa N° 98736-98512), dejándose constancia que el certificado original de la deuda que he tenido a mi vista se encuentra agregado al escrito DEMANDA
- SE PRESENTA (258402254005988694)-"
"Que la parte demandada no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que le fuera otorgado al efecto, según informa la Actuaria en este acto, en consecuencia, désele por decaído el derecho que ha dejado de ejercer (arts. ART.7 LEY 13406, 116, 155 y ccs del CPCC
- véase mandamiento acompañado al escrito DESISTIMIENTO
- PRESENTA (255402254006999509)
- Déjese constancia que la intimación de pago se efectúo en el domicilio denunciado de la ejecutada, sito en la calle LEONARDO DA VINCI 300, Localidad y Partido de Moreno.-"
"Las costas han de ser impuestas al accionado que resulta vencido (arts.556 y 68 del CPCC.), difiriéndose la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 51 Ley 14967)"
Bloque dispositivo:
"1) Mandando a llevar adelante la ejecución por vía de apremio hasta tanto el demandado OSVALDO ESTEBAN CAMARA haga íntegro pago a la parte actora MUNICIPALIDAD DE MORENO del capital reclamado de PESOS SIETE MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS ($7.047.600) con más los intereses que correspondan conforme a lo establecido por las ordenanzas municipales vigentes (arts. 9 y 10 Ley N° 13.406) .-
2) Las costas han de ser impuestas al accionado que resulta vencido, difiriéndose la regulación de honorarios para el momento pertinente (art. 51, Ley14967; Dec. ley 8837/77; y art. 22 Ley 13406).
3º) Tiénese por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado (art. 41 y 540 del CPCC y art. 13 ley 13406).-.
- REGISTRESE."
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